miércoles, 7 de septiembre de 2011

LA SENYERA


Autor: Juan Ferrando Badía (q.e.p.d.)

 
Su procesión cívica
El traslado de la Senyera de su sede -que ha ido cambiando de nombre según los avatares histórico-politicos- a la Seo o Catedral en acción de gracias a Dios, por haber conquistado D. Jaime I el Reino taifa valenciano para la causa cristiana, se efectuó, por primera vez, cien años después de la conquista de Valencia, es decir, el 9 de octubre de 1338 -fecha de la entrada oficial y solemne, en el reino árabe, de D. Jaime I (1238)- El propio rey Don Pedro, el Ceremonioso, instituyó el ceremonial a seguir en el traslado de la Real Senyera.
El ceremonial prescribía que el Mestre Racional, encargado de la custodia de la Senyera, la entregara al Justicia de lo criminal para las ceremonias civiles. El que llevaba la Senyera era el citado justicia de lo Criminal, personaje que según los "Furs" era el encargado de llevarla y trasladarla siempre que fuere preciso imponer justicia en el Reino, para celebrar el patrón del mismo, o las, conmemoraciones del 9 de Octubre...
Una vez trasladada a la Seo, allí se cantaba un "Te Deum". Y tras ello, acompañada siempre la Senyera por "els ballesters del Centenar de la Ploma" como guardianes, regresaba la procesión cívica a la sede de la Senyera. Esta compañía de cien ballesteros fue creada por el propio rey Pedro, el Ceremonioso, en 1365.
La Senyera en el Parterre
A partir de 1891, y a petición de Lo Rat Penat -que a la sazón lo presidía el ilustre médico valenciano D. Luis Cebrián Mezquita- y con el consentimiento del Ayuntamiento, la procesión cívica se desviaba por la calle de la Paz hasta el Parterre, en donde se halla situada la estatua ecuestre del Rey Don Jaime I, llamado el Conquistador, obra del escultor catalán Agapito Valmitjana. Allí se atribuía un homenaje a la figura histórica del que conquistó las tierras árabes. Este acto se ha venido celebrando -salvo excepciones, como durante la Guerra Civil- desde 1891 hasta la actualidad...
Desde 1982, con el primer gobierno socialista, y estando en vigor el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana (1982) -el Ayuntamiento socialista suprimió el "Te Deum" de la Seo…- de esta manera, Ia procesión cívica se desprendió de un acto "esencialísimo" que se remontaba -como se sabe- al siglo XIV. En 1995, el primer gobierno del PP, presidido por Eduardo Zaplana, incorporó a la procesión cívica, la multisecular tradición del "Te Deum" en la catedral.
El Estatuto de Autonomía ante la Senyera
Una interpretación sistemática de nuestra Constitución del 78 nos induce a afirmar que, cuando el artículo 4, apartado 2 de la Constitución establece que "los estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias de las comunidades autónomas...", lo hace pensando en que esas "banderas y enseñas" han de ser las "propias" o lo que es lo mísmo las "históricas" de las respectivas comunidades autónomas.
En consecuencia, ya que el artículo cuarto de la Constitución, en su apartado segundo, prevé -como hemos dicho- que "los estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias", y teniendo en cuenta que las razones histórico-culturales son el fundamento mismo del derecho que toda comunidad tiene a su autonomía, el Estatuto valenciano, al intentar establecer, en su artículo quinto, la bandera de autoidentificación de nuestra Comunidad, no podía más que atenerse al espíritu y a la letra de la Constitución, o sea, reconocer como bandera del antiguo Reino de Valencia -hoy Comunidad Valenciana- la bandera tricolor coronada, que desde hace siete siglos viene identificando, bajo un solo Reino, a los pueblos de Alicante, Castellón y Valencia. Prescribe el artículo 5º, apartado 1º. Uno, que "La tradicional Senyera de la Comunidad Valenciana está compuesta por cuatro barras rojas sobre fondo amarillo, coronadas sobre franja azul junto al asta".
La Generalidad se incorpora a la procesión cívica
La Generalidad Valenciana, ha tenido a lo largo de su historia dos acepciones: la primera, que indicaba que se trataba de una Institución foral representativa y Diputación permanente de las Cortes del Reino de Valencia; y que fue creada por el rey D. Pedro el Ceremonioso y consolidada por el rey Alfonso V el Magnánimo (s. XV). Y otra acepción, que es la vigente en nuestro actual Estatuto, como veremos a continuación:
Tras la abolición de los Fueros en, 1707 hasta el Estatuto de Autonomía Valenciano de 1982, no tuvo existencia -bajo ningún aspecto- la "Generalidad". En el citado Estatuto, en su artículo noveno se dice: "El conjuhto de las Instituciones de autogobierno de la Comunidad, constituye la Generalidad Valenciana. Forman parte de la Generalidad: las Cortes Valencianas o "Corts", el Presidente, el Gobierno Valenciano o "Consell", y las demás Instituciones que determine el presente Estatuto".
La radical diferencia entre el nuevo concepto de "Generalidad", que se refleja en nuestro Estatuto, y el concepto foral de la misma consiste en que en la actualidad el término "Generalidad" representa a la globalidad de las Instituciones de Autogobierno Valenciano, mientras que, en la época foral, la Generalidad no era más que una Diputación permanente de las Cortes.
Consideramos que fue un acierto el haber incluido el actual Gobierno, en 1995, en la procesión cívica de la Senyera la "Generalidad", pues con ello, desde la citada fecha se le rinde a la Senyera un homenaje de carácter autonómico, y no sólo local, tan solo propio de la ciudad de Valencia. Con este nuevo recorrido, se pone en evidencia que la Senyera no es solo el símbolo de Valencia-capital, sino tainbién el símbolo de toda la Comunidad Valenciana, expresada jurídicamente en su "Generalidad".
La Presidencia de la Generalidad constituye la más alta magistratura de la Comunidad Autónoma, y como tal ostenta la suprema representación de la misma. En una misma persona flsica confluyen dos presidencias: la Presidencia del Consell y la Presidencia de la "Generalidad". La Comunidad Valenciana, a través de su presidente rendirá el día 9 de octubre pleitesía a nuestra Senyera, que es el símbolo de nuestra Comunidad como establece el artículo 5º del Estatuto de Autonomía.
La Senyera vuelve a u sede
La procesión cívica culmina con el regreso de la Senyera a su sede, subiéndola con gran solemnidad y respeto al igual que a su bajada. Por un privilegio del rey Pedro II el Ceremonioso, -y según el antiguo ceremonial- la Real Senyera del Reino no debía inclinarse nunca, salvo ante la Sagrada Eucaristía. Por eso, al salir a la calle, tanto su bajada como subida no se hace por la puerta principal, sino desde el balcón central. Con la interpretación del Himno oficial de la Comunidad de Valencia se cierra en la actualidad el acto en honor de nuestra Real Senyera.
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