martes, 24 de agosto de 2010

NACIONALISMO CATALAN. UNA GRAN FARSA (VII)


Autor: Michel Braveheart
Depósito Legal: PM-1405-2002

OPORTUNISMO CATALÁN

A lo largo de la Edad Media, las Curias Reales o Consejos de Gobierno, fueron poco a poco adquiriendo el nombre de Cortes, que significa séquito, debido a que no tenían un lugar fijo de reunión, pues se convocaban a donde se encontrara el Rey.

Las Cortes estaban constituidas por tres estamentos, que eran: el Militar, el Eclesiástico y el Real (formado éste por los síndicos (1) de las ciudades más importantes). Es decir, que las Cortes estaban formadas y por ende representaban, únicamente a la oligarquía. El pueblo llano, es decir, los artesanos, los comer-ciantes, los campesinos, los menestrales y el bajo clero (curas) que constituían el 95% de la población, no estaban representados en las Cortes.

Y fueron precisamente las Cortes catalanas, las que siempre arrancaron exenciones y libertades a los Monarcas a cambio de ayuda monetaria y pertrechos. Exenciones y libertades que nunca fueron en beneficio del pueblo catalán, sino de sus señores feudales (que también eran catalanes).
Así tenemos que, (2) reunidas las Cortes del reino de Aragón en 1228 en la catedral de Barcelona, Jaime I propone ir a conquistar el reino de Mallorca, para lo cual pidió a los catalanes ayuda monetaria, quienes le ofrecieron cobrar nuevamente el tributo llamado “bovaje”, (obsequio que se le hacía a los reyes al inicio de su reinado), a cambio de prometerles el Rey tierras y dignidades a todos los que colaboraran en la empresa. (Es decir que quien pagó la ida a Mallorca fue el pueblo catalán, pero quien se benefició fue la oligarquía catalana).

Pedro III de Aragón, que fue el fundador de las Cortes Catalanas, jurídicamente hablando, ni se acordó de ellas en los primeros siete años de su reinado, pues hasta que en 1283 no se vio acuciado por el peso de su excomunión (debido al incumplimiento del testamento de su padre D. Jaime I, y arrebatar por la fuerza de las armas el reino de Mallorca a su hermano D. Jaime II de Mallorca), al ser desposeído de sus estados por el Papa Martín IV, ofreciéndolos a cualquier príncipe cristiano que los quisiera conquistar, no las convocó. Las dichas Cortes le concedieron ayuda en hombres y dinero, a cambio, de que él (Pedro III) y sus sucesores, se obligaran a convocar Cortes Catalanas una vez al año, dentro de las fronteras de su región; así como que las Constituciones Generales que concediera el Rey, deberían de ser aprobadas por mayoría. (Una prueba más de que Cataluña no era un estado, y menos un estado independiente). Y otras muchas de los estamentos noble y eclesiástico, que, aprovechando la coyuntura, se hicieron reconocer privilegios e inmunidades privativas, así como prerrogativas financieras (3). De resultas de lo cual fueron suprimidos a los nobles catalanes y cuerpo clerical, todos los impuestos creados en los últimos veinte años, así como los tributos de la sal y el bovaje.

Debido a la conquista de Sicilia, Pedro III pasó por graves apuros ante la carencia de medios, por lo que pidió ayuda material en 1284 a las Cortes Catalanas, las cuales se lo concedieron a cambio de más concesiones, que pueden considerarse como el inicio de la legislación pactada.

(4) Alfonso III de Aragón, en las Cortes de Monzón (1.289) éstas le conceden un préstamo especial a devolver en tres años. Y en contrapartida a esta concesión, el rey aceptó y aprobó, que ninguna proposición regia que contuviese cosa contra privilegio general o especial, ni contra costumbres generales o especiales de algún lugar, no fuese aceptada o dada por válida.

Fernando I Trastámara, a finales de 1412 convocó Cortes Catalanas, las cuales se aprovecharon que éste era desconocedor de la idiosincrasia catalana, logrando arrancar una serie de concesiones, entre las que había la de que la familia real no estaría exenta del pago de contribuciones (derechos y arbitrios). Así mismo, Fernando I dio un gran impulso a la Diputación General, concediéndole (5) una constitución determinando la composición y elección de los rectores “del General” (que así se nombraba a la Diputación y que con el tiempo pasó a denominarse “Generalitat”), confirmando sus capítulos y ordenanzas. Al mismo tiempo Fernando I aceptó la creación de la Real Audiencia, con la cual la monarquía se desprendía del Poder Judicial en Cataluña.

A cambio, las Cortes le concedieron dinero para continuar la guerra contra Jaime, Conde de Urgel (nieto de Isabel I de Mallorca, hija de JaimeIII de Mallorca), el cual se sublevó contra Fernando I en el lugar de Balaguer.

Valga todo lo antedicho, como muestra palpable que razón hay para haber titulado este capítulo tal y como se ha hecho, pues pudiéramos continuar largamente hasta llegar a nuestros días (1.999) en que se critica en todo el orbe español, el oportunismo que ejerce D. Jorge Pujol, Presidente de la “Generalitat” de Cataluña sobre los distintos Presidentes del Gobierno Español. Y sin embargo, no debería de extrañarnos, pues de casta le viene al galgo, ya que, como hemos visto, las cotas sociales y de autonomía jurídico – políticas que ha conseguido Cataluña a lo largo de su historia, han sido siempre gracias al oportunismo desarrollado por sus dirigentes.

(Escribo Jorge Pujol y no Jordi Pujol, primero, porque así se escribe en español, y segundo, en fiel imitación de los nacional – catalanistas, los cuales a S.M. D. Juan Carlos, por ejemplo, lo inscriben por doquier como Joan Carles, no respetando la verdadera grafía de su nombre; claro que, si éso lo hacen ellos está bien hecho, si lo hacen otros con ellos entonces somos tildados de fascistas anticatalanistas. Cosa que a mi no me afecta lo más mínimo viniendo de quien viene. )

1. Síndico, palabra procedente del Balear "s'indicàt" , y que significa “el indicado”.
2. Otra Historia de Cataluña. Marcelo Capdeferro.
3. Historia de Cataluña. Ferrán Soldevila.
4. Otra Historia de Cataluña. Marcelo Capdeferro.
5. Els Trastamares. Vicens Vives.

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