sábado, 31 de julio de 2010

EL CATALANISMO DEL PP.


SI FUERA EN VALENCIANO.... PERO LA NORMATIVA ES LA CATALANA DE LA ACADEMIA VALENCIANA DE LA LENGUA.


Conflicto
El Ayuntamiento de Valencia elimina el castellano de las calles de la ciudad
Desde la ANLL piden que se ponga freno a esta práctica porque la consideran "un perjuicio para la población castellanohablante y los turistas"

LA VOZ LIBRE
Álvaro Rubio
martes, 15 de junio de 2010, 11:02
Madrid.- El Ayuntamiento de Valencia ha procedido en los últimos meses a la sustitución del nombre de algunas calles en castellano. Ha cambiado la nomenclatura hasta ahora en español por rótulos únicamente expresados en valenciano. Por este motivo, la Asociación Nacional por la Libertad Lingüística ha hecho entrega de una solicitud a la alcaldesa Rita Barberá para que "ponga freno" a esta práctica.
Según informa la ANLL, han procedido de este modo porque habían recibido varios avisos en los últimos meses de vecinos de Valencia alertando de lo sucedido. Tras confirmar los hechos, se han dirigido al consistorio para que pongan fin a este tipo de medidas.
Consideran que la medida llevada a cabo por el Ejecutivo del PP supone "un perjuicio a la población castellanohablante de Valencia, así como para los turistas y visitantes que sufren las confusiones".
También ha querido dejar claro "el gasto económico superfluo e innecesario" que supone la sustitución de los rótulos.
La ANLL ha recordado a Barberá que la Constitución establece la oficialidad del castellano en todo el Estado, y que en el caso de la Comunidad Valenciana, las dos lenguas deben convivir en un régimen de cooficialidad. Por estas razones, desde la asociación que dirige Pablo Yáñez, entienden que "si una de las prioridades del Gobierno valenciano en este delicado momento afecta a la nomenclatura de las calles, esta debería expresarse en todo caso de manera bilingüe".
La Asociación Nacional por la Libertad Lingüística no descarta tomar otras medidas en el futuro para seguir denunciando la intención del Consistorio de hacer desaparecer el castellano de las calles de la capital valenciana.
> En la imagen, el cartel de una de las calles cuyo nombre está rotulado en valenciano.

viernes, 30 de julio de 2010

BIOGRAFIA DE DON JOSE MARIA GUINOT GALAN (FILOLEC I LLINGÜISTE) (II)




Autor: GONZALO ROMERO CASAÑA
President de l´ Associacio Cultural Cardona i Vives de Castello
Vicepresident de la Federacio Coordinadora
d´Entitats Culturals del Regne de Valencia


Estant en Tortosa don Jose Mª era el corrector del que despres fou el Cardenal Tarancón, sent condiscipuls en el seminari, junts va fer oposicions a beca i junts van passar del colege de Sant Josep a fer primer de Filosofia, aprovada dita oposicio, pagaven una peseta com a mija beca. D’aquella epoca recorda la travesura d’aver encerat en un ciri tota la pizarra per a que el mestre no puguera escriure en ella al esbara-li la tiza, recorda que un supossat companyer va correr a denunciar dit acte als superiors per a “fer merits”, comenmtant don José Marí que mai ha actuat de dita forma per considerararla deslleial i con vinanciera, pero n’hi han tants aixina. Avis este de lo que per desgracia moltes vegades apareix en la vida, sense que les persones de bona fe com ell ho pugen compendre la enveja, don José Maria als 21 anys ya era Doctor en Teologia, tot un prodigi, i que despres fora llicenciat en Filosofia i Lletres , en Filologia, que tinguera carrecs provincials de gran importancia, que fora el primer capella en tindre una raio, en tindre una tele, un coche, que acudira a les Tertulies del Casino Antic de Castello, recibira revistes en frances, passejara pel carrer Major de Castello en un tes temps en el que es capellans anaven per el carrerons en u traje de color i un sombrero de palla, en fi que don José Maria era un innovador anava anvanzat al seu temps era en definitiva distint de tots .
Tornat als seus estudis. dels doze anys que durava la carrera de Teologia deu els vafer en Tortosa i els dos ultims en Valencia, en el primer se va llicenciar i en el segon se va doctorar. En aquells anys s’els prohivia anar en bicicleta, llegir la prensa, no mes els deixaven llegir llibres de texte, pero quan don José Maria anava a Artana llegia tots els que volia en la biblioteca de s’agüelo, o quan estava en el seminari al ser ell el bibliotecari els agarrava i els llegia per la nit a amagades en un ciri al costat, sent el seu camp de llectura ll molt ampli pero sentint preferencia per els llibres de filosofia, historia natural i noveles, sempre havia tingut el ensomi de ser escritor, encara que reconeix que la seua vocaio frustada va ser la de advotat pero els condicionamentes economics de la seua familia li ho van impedir.
Als vint i dos anys va cantar missa demanant dispenssa per edat a Roma (puix fins als 24 anys no se podia cantar missa), junt al futur Cardenal Tarancón, que fou ordenat diacono junt , com si no, a don josé Maria. Curiosament el rector del Seminari encara que era burrianenc va assistir a Artana a la ordenacio de capella de don José Maria, tal vegada el Cardenal que en gloria este, haja perdonat a don José Maria este fet.
En la defensa de la seua tesis doctoral don José Maria va superar brillanment dita prova i en paraules textuals del president del jurat, puix eixa prova era oral davant de jurat, eixe president castellonero ell li va dir “ ha fet voste la prova en mes que suficiencia, ya l’escriure cal Bisbe de Tortosa para que li done la catedra que voste vullga, que voste la desempenyara en competencia”, pero en visita del Bisbe a Artana el capeela que acompanyva al Bisbe va voldre que don José Maria anara de famul (capella del Bisbe) , cosa que no agradava gens a don José Maria, i encara que els seus companyers li aconsellaren que triara dita opcio puix seria el cami per a accedir en rapides a una cangia don José Maria es va negar, ya que eixe a pesar de ser un cami facil no era del seu agrat. El castic va ser que no li van donar cap catedra el van tindre sense fer res en Artana, parat durant un temps perdent per un any la possibilitat de accedir al Doctorat en Dret Canonic degut com ya hem dit ans, a la economia familiar insuficent com per a enviar-lo un ay mes a Valencia.
Despres de tot aixo l’enviaren de Vicari a la Serra Engarceran, poble de les comarques central castelloneres, estant alli te que fer el servici militar de cota, destinat com a capella a l’escola de analfabetos, encara que don José Maria volia ser capella de regiment, per agradar-li sempre el apostolat de massa, alli donava classe i ensenyava a llegir i escriure als seus companyers, tambe i una vegada mes mos torvem en la coincidencia de trovar-mos al entoces mossen Tarancón, al costat de don José Maria.
Al acavar el servici militar, el trasladen tal vegada per inccompabilitat en el retor de la Serra Engarceran, home arcaiquic que se negava inclus al cant en missa, cosa entre atres per la que don José Maria renyia en ell en certa asiduitat, al ser preguntat per la banda de musica de la Serra de si se podria tocar en la missa don José Maria va contestra que per supost que si puix com dia Sant Pau ell faria de tot per a portr-los al acte liturgic, el retor d’alli considerava tot aixo com a actes anti-liturgics.

NORMATIVA UTILISÀ


Tret de la plana: Idioma Valenciá.
La "normativisacio" (escrita) d'una llengua es la codificacio de dita llengua i la seua representacio grafica a traves de la escritura.
Basicament, se considera que una normativisacio correspon a una determinà llengua quan representa lo més felment possible els habits llingüistics generalisats o "normals" (norma) dels seus parlants.
Quan una normativisacio presenta evidents divergencies en els usos llingüistics dels seus parlants aixo significa que la normativa no està ben feta, o, en tot cas, que eixa normativa perteneix a una atra llengua diferent (algo que en definitiva dona els mateixos (pesims) resultats que l'utilisar una normativa mal feta).

L'Academia Valenciana de la Llengua (A.V.L.) no oficialisa pera l'idioma Valencià una normativisacio genuinament valenciana, sino que aplica un calc de la normativisacio pera la llengua Catalana que l'Institut d'Estudis Catalans (I.E.C.) oficialisa en Catalunya per al Català.
La A.V.L. vol "vendre" a la societat valenciana esta normativisacio catalana del I.E.C. presentantla coma "cientifica" o com Valencià "cult o ben parlat", encara que tot aixo son nomes que mentires en tal d'enganyar als valencians i ferlos creure que Valencià i Català son el mateix idioma (quan aixo es totalment fals), i aixina donar arguments als nacionalistes catalans que diuen que els valencians son de "nacio catalana" (perque segons ells parlen "Català") i formen part de uns ficticis i inventats "Països catalans" (hui en dia "Eurorregio") de capitalitat en Barcelona.

Les "Normes d'El Puig" es una normativisacio pera l'idioma Valencià diferent a la normativisacio catalanista que oficialisa actualment la catalanisaora Academia Valenciana de la Llengua (A.V.L.). Estes "Normes d'El Puig" son una normativisacio que se va fer en clau estrictament valenciana i que contà en l'ample consens de totes les associacions i institucions valencianistes que lluitaven (i lluiten) en contra del catalanisme que vol absorbir cultural, politica i economicament als valencians. Les "Normes d'El Puig" representen en molta més fidelitat les particularitats i singularitats propies de la genuina Llengua Valenciana que la actual normativisacio catalanista de la A.V.L.

Com totes les coses, les "Normes d'El Puig" son millorables, i es per aixo que esta web ha adoptat certes propostes de la Societat de Filologia Valenciana (S.F.V.) que actualisen i fan encara més proxima i funcional la normativisacio coneguda com les "Normes d'El Puig".
Algunes d'estes actualisacions son les següents:

1) Supressio de les -d intervocaliques mudes.

En les terminacions –ada, -ades, -ador, -adora, -adors, -adores, -adet, -adeta, -adets, -adetes.
Eixemples:
Vesprà, albaes, llauraor, treballaora, ballaors, treballaores, melaet, picaeta, melaets, picaetes.
(No: Vesprada, albades, llaurador, treballadora, balladors, treballadores, meladet, picadeta, meladets, picadetes).

2) Supressio dels guionets.

Els pronoms que van darrere del verp (enclitics) s´aglutinen a ell.
Eixemples:
Mireules, convertirmos, píntala.
Excepcio: les formes verbals acabàes en consonant "LL", "N" seguida de pronom (enclitic) que comence per consonant "L", "N" que puga portar a confusio en la llectura no s´aglutinen ni s´unixen per cap de guionet, i es mantenen independents: bull la, cull les, pren ne, etc.

El pronom "HO" quan va darrere de verp (enclitic) s´aglutina a ell i pendrà la forma "O", sense haig: diso, feso, mirao, penjao.

3) Aglutinacio de certes formes.

Desde, pera, coma (No: des de, per a, com a).

4) Estandarisacio de certes formes generalisaes.

Mos, mosatros, vosatros, recibir, reine, dupte, dissapte.

5) Supressio de consonants interiors desaparegudes de manera generalisà en la parla oral.

Eixemples:
Abre, dinés, dimats, pedre (No: arbre, diners, dimarts, perdre).

Ademes s'han adoptat algunes paraules patrimonials:

Castellanismes en orige pero arraïlats en el Valenciá desde fa més de dos sigles: entonces, hasta, menos, pues/pos, despues, agüelo.

2005 © Idioma Valencià

DESENMASCARANDO LA FICCIÓN HISTÓRICA FABRICADA POR EL NACIONALISMO CATALÁN.


Autor: Jaume el de la Serra


La Generalitat de Cataluña y sus instituciones llevan decenios inmersos en la tarea de fabricar una nueva "Historia" que apoye y sustente sus ambiciones políticas. Las cuales, sucintamente, vienen a ser: la ambición de ser un país separado de España, la ambición de anexionarse las tierras del histórico Reino de Valencia, del de Mallorca, parte del de Aragón y el Roussillon francés, y la ambición de imponer el catalán en todos los territorios anteriormente mencionados en detrimento de las lenguas habladas por sus pobladores autóctonos.
A fin de conseguir todo esto, la Generalitat de Cataluña y sus instituciones no tienen empacho en manipular la historia, ocultando y tergiversando lo que no les conviene y añadiendo falacias allí donde les pudiera resultar beneficioso.
Esta campaña de propaganda financiada con dinero público desde Cataluña lleva ya muchos años intoxicando machaconamente la opinión pública con sus mentiras históricas y lingüísticas, las cuales parece van calando hondo en el pensamiento colectivo de la sociedad catalana, que de manera acrítica las va asumiendo como ciertas. El adoctrinamiento subliminal de este colectivo lo encamina hacia una postura nazional-imperialista-catalana de marcado carácter fundamentalista. Los datos históricos que a continuación se exponen son, de manera sistemática, ignorados o tergiversados por el aparato de propaganda pancatalanista, ya que son evidencias históricas que ponen fuera de credibilidad y legitimidad un gran número de argumentos político-históricos que maneja el nacionalismo catalán. - Apartados: A) Los condados de la "Marca Hispánica" del Reino Franco. B) Rey de Aragón o aragonés. Corona de Aragón o aragonesa. C) El Reino de Valencia nunca fué parte de los "Països catalans". D) Los catalanes tratan de imponer sus ambiciones por las armas. E) El actual rechazo catalán al monarca aragonés Fernándo II "el Católico". A) Los condados de la "Marca Hispánica" del Reino Franco. Los territorios de lo que hoy día se conoce como Cataluña (Barcelona, Tarragona, Lérida y Gerona) no formaron una entidad político-administrativa hasta hace relativamente poco tiempo. Por poner un ejemplo, la unidad catalana es posterior a la del Reino de Valencia, que ya era una unidad política autónoma y soberana antes de que se creara Cataluña como ente político unido. Usualmente, los catalanes se remiten al siglo IX y a los "condados catalanes" para reivindicar su existencia histórica como país. Esto es algo del todo incierto, ya que en principio y en aquel tiempo no eran ni una unidad política independiente, ni recibían el nombre de "catalanes", sino que cada condado tenía su propio nombre (Condado de Barcelona, de Urgell, etc...) y eran simples divisiones territoriales o "provincias" pertenecientes al "Reino Franco" y gobernadas por un "conde" instituido por el rey de los francos (los "francos" eran un pueblo germánico, lo mismo que los visigodos, suevos, alanos, etc...). Estos condados o provincias eran los territorios que el rey franco Carlomagno, había conquistado con sus tropas cristianas a los moros que en aquel momento ocupaban "Hispania". (Esta frontera sur del territorio franco, colindante a las tierras musulmanas, era conocida como la "Marca Hispánica").
Tanto condes, como condados estaban bajo el mando y jurisdicción del rey franco, siendo los condes unos meros administradores colocados "a dedo" por el monarca, sin derecho a entregar el condado en herencia a sus descendientes.
Con el paso del tiempo y aprovechando momentos difíciles del Reino Franco, los condes o administradores de estos condados, comenzaron a dar rienda suelta a sus ambiciones personales, colocándose en rebeldía ante el monarca y desobedeciendo la ley regia que los legitimaba como condes. A partir de ese momento y en contra de lo establecido hasta entonces, los condes, sin que legalmente nada los amparara, se tomaron la licencia de convertir el condado en hereditario y poder así entregarlo a su clan familiar.
Legalmente todos estos condados continuaban perteneciendo al Reino Franco, aunque a causa de su debilitamiento, éste nunca pudo acometer una acción bélica para restaurar el orden roto por sus subordinados.
Un dato que demuestra que no se los consideraba territorios independientes del Reino Franco fué el hecho de que nunca obtuvieron la conformidad "Papal" para acceder al rango de "reino". Ni tan siquiera uno de ellos por separado, y aún mucho menos, en un conjunto falto de unidad donde cada cual trataba de imponer sus ambiciones al resto. Solo poco a poco, a través de los enlaces matrimoniales entre la progenie de los diferentes "condes" hubo un acercamiento de "condados", al aglutinarse bajo una amalgama de intereses hereditarios algunos de ellos. Para aquel entonces, el Condado de Castilla y el Condado de Aragón, formados fuera de los territorios francos, ya habían obtenido la conformidad y beneplácito "Papal" para convertirse en "Reinos", a la vez que "reyes" sus respectivos titulares. (La religión cristiana no solo era herramienta para elevar las almas a los cielos, era el instrumento político por excelencia. En occidente era el "Papa" el que legitimaba o no, a reyes y reinos con su bendición "divina". Bendición que nunca dió a los "condados" de la "Marca Hispánica"). B) Rey de Aragón o aragonés. Corona de Aragón o aragonesa. En 1157, Ramiro II "el Monje", rey de Aragón, no tuvo descendiente varón que lo sucediera en el trono. Su hija Petronila Ramírez, reina de Aragón, fué casada con Ramón Berenguer, "conde de Barcelona". De este enlace nacería Alfonso II "el Casto", que obtendría los títulos de rey de Aragón y "conde de Barcelona".
Llegados a este punto, conviene aclarar una serie de cuestiones que suelen ser manipuladas descaradamente por los políticos e historiadores catalanes.
Alfonso II "el Casto", rey de Aragón y "conde de Barcelona", recibió su título de rey por la parte de su madre, esto es, por su sangre y linaje aragonés, nunca por el catalán, el de su padre, por el cual solo recibió el título de "conde".
Muchos textos catalanes hablan de "rey catalán" o "rey catalán-aragonés" en referencia a aquellos que fueron descendientes de Ramón Berenguer, "conde" de Barcelona. Esta denominación es del todo incorrecta y falsa. El rey bajo el punto de vista político no tiene más nacionalidad que la del reino que representa y del que es titular. Al no existir en este caso otro reino que el "Reino de Aragón", indefectiblemente, al referirnos a la figura regia, éste nunca podrá tener otro calificativo más que el de "rey aragonés". De igual forma, cuando esta misma persona se presentaba como titular del "Condado de Barcelona", su rango era únicamente el de "conde" de esos territorios. Nunca se mezclaban los estatus de rey y "conde". Iban siempre por separado. Lo mismo que los territorios.
Esto se puede comprender perfectamente al saber que, reino y condado, eran territorios distintos, con leyes e instituciones legislativas y jurídicas distintas, cuyo nexo de unión era el que tenían como rey, conde o titular del territorio a una misma persona (característica ésta que mantuvo a lo largo de toda su existencia la "Corona de Aragón"). Así pues, habiendo dejado claro que el "condado" en ningún caso adquiere el rango, ni las atribuciones de reino, resulta igualmente conveniente aclarar que el concepto de "Corona catalano-aragonesa" es otra falsedad histórica que no tienen empacho en utilizar y pregonar hasta la saciedad los sectores oficiales y oficialistas del pancatalanismo, con la única finalidad de dar un peso político e histórico que no posee a la "nación catalana". En ningún caso existió ninguna "Corona catalano-aragonesa". Solo existió la "Corona de Aragón", que obtiene su nombre del reino que le da origen, por ser éste el único ente político que posee las atribuciones necesarias para fundamentar una "Corona". (Es una aberración política hablar de una "Corona" cimentada sobre un condado, además de una falta de rigor histórico extremo ya que nunca ha existido ese modelo político, ni hay cauce político alguno para realizarlo).
Los condados, en base a las jerarquías y normas existentes en esa época, no tenían ninguna atribución para aparecer como titulantes de ninguna "Corona", ni aún de manera compartida con un reino, tal como nos quieren hacer creer hoy día los sectores pancatalanistas.
Por tanto, los términos legítimamente correctos son:"Corona de Aragón" y "rey aragonés". C) El Reino de Valencia nunca fué parte de los "Paisos catalans". Sobre el 1238 el rey aragonés Jaime I "el Conquistador" dió por conquistado el musulmán Reino de Valencia. Sus tierras no fueron anexionadas ni al Reino de Aragón, ni a ninguno de los "condados" de la "Marca Hispánica". El Reino de Valencia permaneció independiente y soberano sobre sí mismo, si bien ahora bajo un gobierno y una población vencedora de carácter cristiano, que prevalecía sobre la población musulmana vencida que se mantuvo en el reino.
Hoy día, el nacionalismo oficial catalán habla de unos "Paisos catalans" donde estarían integrados los territorios del histórico Reino de Valencia. Todo ello sin fundamento histórico-político alguno que valide tanto la tesis de que esos "Paisos catalans" existieron, como la de que el Reino de Valencia perteneció a ellos.
Resulta evidente que Jaime I cuando re-fundó sobre el cristianismo el Reino de Valencia, lo hizo con la convicción de crear un reino soberano e independiente del resto de territorios de la Corona de Aragón, sin que existiera intención alguna por parte del monarca de anexionarlo a nada que se conociera como "condados catalanes", porque como ya se ha comentado anteriormente, éstos aún no existían como unidad política sobre la que efectuar tal donación.
Es más, Jaime I estuvo presionado por la nobleza aragonesa para que anexionara las tierras valencianas al Reino de Aragón, algo que sí era factible políticamente, y, evidenciándose los propositos del monarca, Jaime I se negó a ello manteniendo al Reino de Valencia independiente de cualquier otro territorio.
Jaime I y todos los monarcas aragoneses que vinieron tras él, respetaron las leyes, fueros, instituciones y costumbres propias del Reino de Valencia, manteniéndolo soberano, autónomo e independiente del resto de territorios que formaban la Corona de Aragón.
En definitiva, el Reino de Valencia o su territorio, nunca ha pertenecido, de una u otra forma, a nada conocido como "Paisos catalans", Cataluña, "condados catalanes", etc..., sino que siempre ha disfrutado como reino, de independencia y soberanía. Algo que se traduce en el reconocimiento que tiene sobre si mismo el pueblo valenciano, de poseer una cultura y lengua propias, diferentes a la catalana. D) Los catalanes tratan de imponer sus ambiciones por las armas. En 1410 el rey aragonés Martín I "el Humano" (último rey aragonés descendiente del "conde" Ramón Berenguer) falleció sin dejar sucesor al trono de la Corona de Aragón. Tras un lapso de dos años de "interregno" en el que la corona no tuvo monarca, representantes de los diversos territorios que componían la Corona de Aragón se reunieron para deliberar, votar y elegir al nuevo monarca entre varios aspirantes con derecho al trono ("Compromiso de Caspe" 1412).

Efectuada la votación, la elección recayó, por mayoría de seis votos contra dos, en Fernando I "el de Antequera", contabilizándose a su favor los votos de los aragoneses y los de los valencianos, y en contra los de los catalanes que habían entregado dos de sus tres votos al "conde de Urgell". Los catalanes, al no haber conseguido sus propósitos, rechazaron esta decisión legítima emanada del voto (unas reglas previamente aceptadas por todos) y de forma totalmente deshonesta tomaron las armas para tratar de imponer por la fuerza sus aspiraciones políticas.
El motivo de la sublevación no era otro que el peligro que los nobles catalanes veían de perder todos los favoritismos, privilegios y beneficios oportunistas que habían obtenido de unos monarcas (los descendientes del "conde" Ramón erenguer) con los que poseían lazos de sangre la mayoría de ellos. No les interesaba un monarca que abriera la posibilidad a una política más equitativa para todos los territorios de la Corona de Aragón, algo que sin duda restaría prioridad y favoritismo a los intereses de la nobleza catalana.
Décadas de inestabilidad y crispación dentro de la Corona de Aragón siguieron a los acontecimientos mencionados, que acabaron desembocando en una Guerra Civil Catalana en la que se vieron involucrados y perjudicados el resto de territorios de la Corona de Aragón (A causa del conflicto iniciado por los catalanes se perdieron el Rosellón y la Cerdaña, territorios de la Corona de Aragón, que fueron ocupados por Francia).
En 1472 la Guerra Civil Catalana finaliza y al cabo de unos pocos años la situación política entra en un periodo de relativa estabilidad que da como frutos la aceptación por todos (catalanes incluidos) de Fernándo II "el Católico" como sucesor al trono de la Corona de Aragón. E) El actual rechazo catalán al monarca aragonés Fernándo II "el Católico". En 1479, Fernándo II "el Católico" fué proclamado rey de la Corona de Aragón. Diez años antes había contraido matrimonio con Isabel, princesa castellana y sucesora al trono de la Corona de Castilla. Con su matrimonio se concretaba la unión de ambas coronas bajo una misma línea sucesoria, en derecho de igualdad y manteniendo las leyes, fueros, instituciones, lengua, etc...propias de cada uno de los reinos o territorios que componían cada una de dichas "Coronas". (La unión de ambas coronas recibiría el nombre de "Corona de España").
En definitiva, tras el enlace regio, los territorios de la Corona de Aragón siguieron manteniendo, porque así se había acordado en el pacto de unión de ambas coronas, el mismo ordenamiento político que había existido en siglos anteriores.
Cada reino o territorio seguía manteniendo sus propios fueros, leyes, costumbres e instituciones, con la observancia común de rendir homenaje y pleitesía a un mismo monarca. Monarca que a partir de ese momento sería fruto de la descendencia de Fernándo e Isabel, los "Reyes Católicos". Fernando II contribuyó a hacer grande la corona de Aragon. Aunque luego los acontecimientos históricos desvirtuaran y corrompieran la empresa iniciada por el monarca. Fernándo II con su matrimonio buscaba lo que buscaron todos los monarcas aragoneses desde sus inicios: alianzas con otros reinos o territorios para aumentar el poder político y territorial. Ya mucho antes que él, Jaime I "el Conquistador" había casado a dos de sus hijas con sendos hijos del rey de Castilla (una de ellas con el futuro rey Alfonso X "el Sabio"), abriendo así la puerta a la posibilidad de que la Corona de Aragón y la de Castilla se unieran.
Por otra parte, Fernándo II recuperó para la Corona los territorios del Rosellón y la Cerdaña, ocupados por Francia durante la Guerra Civil Catalana. La figura de Fernándo II "el Católico" ha sido denostada por la historigrafía catalana, de manera injusta. Al igual que el resto de monarcas que tuvo la Corona de Aragón tras Martín I "el Humano", último descendiente del "conde" catalán Ramón Berenguer.
Francamente resulta de un localismo ridículo, por no calificarlo de "chauvinismo paleto" la imagen ofrecida por la historigrafía oficial catalana, que ensalza y glorifica a determinados monarcas porque son, según ellos, catalanes. Y menosprecia e ignora a otros porque no cumplen las pautas de catalanidad genética.
Parecen olvidar, (algo que realmente saben, pero que ocultan descaradamente), que la "sangre" o linaje familiar del monarca no tenía ninguna trascendencia en el carácter político de la Corona de Aragón, en su constitución o en su legislación. Y es que la respuesta real a toda esta manipulación histórica hay que buscarla en el intento de legitimar las actuales pretensiones separatistas de Cataluña respecto a España para lo cual los pancatalanistas han desarrolado una historia "prefabricada" a gusto y medida de los actuales intereses políticos del nacionalismo catalán.
Así se comprende que los pancatalanistas hagan esfuerzos denodados intentando distanciar y desvincular a Cataluña de aquella etapa en la que merced al matrimonio de los principes Fernando e Isabel, las Coronas de Aragón y Castilla se unieron y formaron la Corona de España. Por fortuna, la documentación histórica hace flaco favor a esta manipulación histórica catalana y recuerda de manera irrefutable, a todo el que tenga ánimo de hacer la consulta, que "Cataluña" pertenecía en el momento del enlace de los "Reyes Católicos" a la Corona de Aragón y que compartía, suscribía y participaba de grado y agrado de las decisiones que se tomaban dentro de dicha Corona, en plenitud de derechos, pero también igualmente en obligación de deberes legítimamente estipulados y acatados. Lo que los acontecimientos histórico-políticos depararían más tarde, (entiéndase, por ejemplo, "Felipe V" y su "Decreto de Nueva Planta") son asuntos de una gran trascendencia e impacto, incluso actual, en el decurso de la Corona de España y sus respectivos miembros, pero que en ningún caso han de servir para tergiversar la história política anterior a los mismos.
Editado por
valenciadelig, Martes, 1 de Junio de 2004, 02:03

25 D'ABRIL (300 ANYS DE LA DERROTA D'ALMANSA




Autor: Josep Esteve Rico Sogorb
miércoles, abril 25, 2007

Hoy es 25 de abril. La fecha de la batalla de Almansa -determinante durante la europea Guerra de Sucesión- tras la cual los valencianos perdimos el autogobierno, las leyes e instituciones propies y nuestra independencia como pueblo ademas de ver humillada nuestra identidad –lengua, cultura, símbolos- por capricho de un absolutista rey; no es suficientemente conocida aunque la mayoría de los municipios del sur de la Comunidad Valenciana -entre ellos, Elche- se declaró partidaria del pretendiente Carlos de Austria -de talante foralista o regionalista- y por tanto contraria al ganador, el francés Felipe V de Borbón, hombre tiránico, déspota, centralista y represor. Y eso que la propia Oriola u Orihuela participó activamente en esta batalla.El caso de Elche -y de otras ciudades del sur valenciano- no fue tan fuerte ni malo como el de Xàtiva, donde el recuerdo negativo de la destrucción e incendio de la ciudad por los borbónicos, mantiene un rechazo en los corazones de los actuales habitantes, cuando sus antepasados -que fueron quemados por aquellos- son conocidos como 'socarrats'. Tampoco hubo unanimidad entre los sureños en cuanto a apoyar a ambos bandos. Los alicantinos fueron mayormente partidarios del Borbón. Los ilicitanos apoyaron más bien al Austria aunque la nobleza fue pro-felipista. Y los oriolanos cambiaron de bando, defendiendo primero a uno y despues al otro.


La represión felipista en el sur no fue extrema y no dejó excesivo calado, ni mal sabor de boca o negativo recuerdo. El ejemplo está n que los ilicitanos no conocen generalmente el refrán ‘quan el mal ve d’Almansa a tots alcança’ a pesar de que les afectan las consecuencias de ésta tras 300 años y no se dan cuenta. Y si sumamos la larga etapa del franquismo, todo explica la desinformación e ignorancia o desconocimiento genérico de los ilicitanos sobre la batalla Almansa y el 25 de abril.Celebrar una derrota no resulta agradable y los pueblos suelen festejar victorias. Pero, los efectos negativos de la batalla de Almansa, después de tres siglos, aún los notamos todos los valencianos. Cabe recordar la fecha, no alegremente– que no es para estar contentps- ni con tristeza llorando a nuestros antepasados muertos en ella, sino con mentalidad reivindicativa hacia lo que fuimos y tuvimos, apostando por recuperarlo todo e incluso por superarnos avanzando en nuestra evolución como nacionalidad histórica.En la parte superior de la provincia de Alicante –en Alcoy, Denia y Pego, por ejemplo, donde la represión borbónica resultó grave- el 25 de abril está arraigado, siendo más recordado y celebrado. Contrariamente, en la parte inferior, -Medio y Bajo Vinalopó, Vega Baja- no goza de una global aceptación social. Cosa de minorias. Y eso que los oriolanos participaron activamente en la Guerra de Sucesión, no solo en la batalla de Almansa sino también en otras acciones.Se harán actos recordatorios y reivindicativos hoy 25 de abril y durante el resto de la semana-sobre la fecha y su significado- por varios colectivos localistas. Las Cortes Valencianas han preparado una macroexposición de la batalla de Almansa. Será asimismo el día de San Jorge, fiesta en muchas localidades, ferias y días del Libro y el aniversario de la portuguesa 'Revolución de los Claveles'.


Para la mayoria de los valencianos del sur, el 25 de abril seguirá siendo una fecha desconocida si desde las administraciones municipales y entitades culturales no se fomenta ni se da a conocer, lamentablemente. A pesar de que nuestros antepasados, organizados en milicias ciudadanas o populares, también lucharon por la libertad, por sus derechos, por su identidad y contra el represivo absolutismo centralista; aquel 25 de abril de 1707 hace 300 años en la triste batalla de Almansa. In memoriam.

FA CINC SIGLES, JAUME ROIG




Per: Josep Boronat Gisbert (q.e.p.d.)

“Els regionalismes valencians en la morfologia, comencen ja a transcendir a la Literatura en certs autors mediavals que es complauen a usar el parlar popular, com Sant Vicent Ferrer o Jaume Roig”
(S.G., p. 40).

Fa cinccents anys, en 1478, en este mateix mes d’abril, dia 4 a 5, va morir en Valencia el “magnific mestre Jaume Roig”, mege preclar i insigne poeta valencià, citat en la Lliteratura Valenciana com a precursor de la picaresca.

De gran prestigi com a mege, apareix documentat com a examinaor de meges de Valencia, moltes vegaes, des de 1434 a 1477.

En ell s’unia l’inspiracio poetica al criteri cientific, l’humanisme a la ciencia, la vida prestigiosa per la seua sapiencia al llenguage pla i popular, la diligencia en totes les obres benefiques, ad ell confiaes per la regina Maria, a la noblea de sentiments que tan destacadament exteriorisa en els seus escrits. Era Conseller de la Ciutat de Valencia i mege de Maria de Castella, regina de Valencia com a muller d’Alfons III de Valencia i V d’Arago.

Jaume Roig diu, afirmant-ho en lo seu criteri cientific i el seu rigor de llenguage, que concebix i escriu el seu “Espill” en “Algemia”.

Afimarcio que Nicolau Primitiu Decà del Centre de Cultura Valenciana –hui Real Academia de Cultura Valenciana-, comenta en 1958, exposant la subtibilitat investigaora d’Alfons Salvà, com a continuacio:

“Es a dir que Jaume Roig va dir que va escriure les seues rimes al pla; ço es, en la llengua corrent, com parlaven les aljamies; i com les aljamies eren dels moros: Paterna, Benaguacil, Torrent, Vall d'Alcalà, etc, resulta tambe que els moros parlaven en llengua vulgar valenciana, desmentint als filolecs que suponen als moros parlant en arap”.

Està mes clar que l’aigua que la llengua valenciana era la parlà pels habitaors d’esta terra, musulmans i no musulmans; que no la van dur del nort. Notem nomes el titul, que es precisament “Espill” i no mirall.

Està tan clar que, per vore com ho interpretava, he remirat les pagines de “La llengua dels valencians”, de Sanchis Guarner, i he vist que ni ho nomena. A Jaume Roig no el cita mes que entre parentesis: “Del patriciat urbà hi haguè diversos metges escriptors –com Arnau de Vilanova i Jaume Roig-, pero...”; “Els regionalismes valencians... com Sant Vicent Ferrer o Jaume Roig; o citat per atres, com Galiana, que posa a Jaume Roig entre Ausias March i Joanot Martorell, indicacio de la seua categoria lliteraria.

Es natural: quan uns versos de Jaume Roig, de fa cinccents anys, desfan i desautorisen tot l’embotit que vol endosar-nos Sanchis Guarner, es natural que se’ls calle, i no diga res d’ells. Pero estan.

La llengua valenciana no fon duta des de Catalunya.

JUVENTUD VALENCIANA


Autor: Vicent Sanç
Las Provincias 8 de diciembre de 1985

Algo pasa. Los datos publicados en el trabajo “La juventud española” y que se desprenden de un estudio aproximativo a los sentimientos de identificación regional y nacional de la mayor parte de la juventud española, son bastante elocuentes por lo que a nosotros respecta.

Decía que algo pasa cuando en los datos referidos a la juventud valenciana, un 43% de los encuestados dice declararse más español que valenciano, o simplemente español, frente a un 41% que declara ser tan español como valenciano.

Algo sucede, y no precisamente bueno, cuando el sentimiento valenciano de los jóvenes está sometido a esas graves disparidades o debilidades.

La juventud, dicen, pasa de todo. Pasa hasta de ser valenciana. Lo dicen las encuestas. Lo corroboran los hechos.

Ser valenciano no compromete a nada. Ni se sabe que es eso. Lo atestigua ese 30% de encuestados que dicen declararse sólo españoles. Sin más.

Por lo visto esta tierra no les dice nada. Son ciegos. Sordos. Indiferentes.

¿Valencia? Ni se sabe. Una referencia geográfica en los libros de historia. Un valor administrativo. Un color en el mapa. Puro trámite o accidente.

Es tremendo. Nosotros tan preocupados, tan enzarzados en nuestras disputas y nuestros proyectos. Nuestros intelectuales preocupadísimos por normalizar la lengua. Que si voluntaria. Que si obligatoria. “Tenim que retro-barnos” Que si por fin Valencia recupera sus instituciones de autogobierno.

Y de repente ahí está ese 43% de jóvenes que dicen no saber nada, ni –al parecer- importarles.

Ciudadanos del mundo, oiga. Eso es lo que “mola” A lo sumo, españoles.

Uno que aquí escribe. Que mira por donde, pertenece a ese rara especie juvenil que se siente valenciana y procura ejercer allí donde puede, va con sus preocupaciones, sus proyectos, sus ilusiones, y de repente se da de bruces con las estadísticas.

-Es que le quita las ganas a uno, vaya.

La cosa no es para tomarla a risa. Es para pensarlo seriamente, y preguntarse qué demonios pasa con este pueblo.

La cosa es muy seria. En ello va nuestro futuro.

¿Cómo dar a entender a esa juventud “del mundo” que ser valenciano no es una cuestión de modas o emociones? ¿Cómo conseguir que se abran a la realidad de una sociedad que “son” ellos mismos?

-“Soc, tant si vullc, com si no vullc, valencià”.

Lo decía el poeta. Pero no me satisface, y quizá a él, en su fuero interno, tampoco.

Los resultados que la encuesta demuestra son un serio aldabonazo para todos nosotros. En primer lugar para los poderes públicos autonómicos ¡Bonito quedaría mañana un gobierno valenciano que no encontrase demanda social!

Es un aldabonazo para las instituciones sociales, para las organizaciones d signo valencianista, para nuestros políticos que aspiran a conseguir su voto.

Ese 43% es una responsabilidad de todos.

martes, 27 de julio de 2010

L’EXPULSIO DELS MORISCS DEL REGNE CRISTIA DE VALENCIA (I)


Font: Archiu del Regne de Valencia

El desarme dels moriscs valencians tingue lloc el 8 de febrer de 1.563 baix lo regnat de Felip II. Fon la mida repressiva mes seria prenida contra esta minoria abans de ser expulsats en 1.609. Va ser una prova mes del fracas de la politica d’assimilacio dels moriscs que es proposà la Corona.

No se va conseguir sa conversio y, ademes, es reafermaren en les seues costums y oposicio a la politica oficial y inclus es temia que es posaren de part dels enemics de la monarquia hispanica tant externs –els pirates turcs y berberescs- com interns –hugonots y bandolers-.

Este perill que es tenia per cert estava reforçat per la tenencia d’armes en mans dels moriscs. La situacio s’agravà en 1.563 y per aixo Felip II es decidi finalment a desarmar als moriscs, a pesar de l’oposicio dels nobles valencians.

La documentacio produïda en motiu de tal acontenyiment es troba replegà en tres grossos volums hui en la Seccio de la Real Cancilleria (llibres 562 – 563 – 564) pero ingressat en l’Archiu del Regne de Valencia en 1.887.

De cada lloc de moriscs apareixen fonamentalment quatre documents:

1º La pragmatica real de 15 de giner de 1.563, ordenant el desarme (impres).

2º L’instruccio secreta comunicà a cadascu dels senyors dels llocs dels moriscs, donantlis normes concretes sobre el modo de procedir en lo desarmament.

3º El prego public de l’orde real.

4º La relacio de les armes trobaes en els domicilis dels moriscs, aixi com el justipreu de les mateixes. Al final es fa un balanç de les mateixes.

Ademes apareixen inventaris generals de les armes incautaes una vegà depositaes en rigurosos castells senyalats a l’efecte.

El present llibre del Desarme dels Moriscs te dos parts. En la primera, apareixen relacionats els pobles seguint l’orden dels volumens. La segon part, contè una relacio de llocs per orde alfabetic. En primer lloc s’indica el nom de la localitat, seguix el numero del volumen y els folis dins del mateix.

Per a una bona comprensio d’est index hi ha que tindre en conter que els documents referents a una mateixa localitat apareixen en llocs diferents dels dits tres volumens de la Real Cancilleria. Ademes, de cada u d’estos, degut al seu grossor, foren dividits en criteris poc rigorosos quatre toms, als quals es referixen els numeros romans entre parentesis.

Seguix la relacio de les poblacions contigudes en els volumens 562 – 563 – 564.

- 562 (I-II-III-IX)
- 563 (I-II-III-IV)
- 564 (I-II-III-IX).

FRASES APLICAES AL CAS VALENCIA

Autor: Desconegut, pero segur que es valencianiste

"No hay mayor mentira que la verdad mal entendida" (les tesis catalanistes, per eixemple)William James
"Cuando se gana, se comienza a perder" (ya cauran algun dia...nos van guanyant batalles pero no la guerra)
"Fracasado no es el que fracasa, sino el que no lo intenta" (¡¡a seguir intentant-ho!!) "- Nunca prives a alguien de la esperanza; puede ser lo unico que posea. (tingam esperança)
"Nunca te des por vencido; si Dios te dio la vida sabe que puedes con ella". (i que podem contra els problemes)
"Cada dogma tiene su día, pero los ideales son eternos" Israel Zangwill (clar, cal mantindre els ideals, la flama, l' essencia, l ' esperit)
"Las ideas son capitales que sólo ganan intereses entre las manos del talento" (tingam talent per ad aplicar les idees)
"Tal vez algún día dejen a los jóvenes inventar su propia juventud" (si, inclosos els jovens valencianistes)Quino
"Se puede quitar a un general su ejército, pero no a un hombre su voluntad" (es pot llevar a home la dignitat pero no es pot furtar a tot un poble la llengua ni la llibertat)Confucio
El optimista tiene siempre un proyecto; el pesimista, una excusa" (puix a ser optimistes i a tindre proyectes)anónimo
"El hombre nunca sabe de lo que es capaz hasta que lo intenta" (puix intentem coses i sabrem de loque som capaços)Charles Dickens"Confiamos demasiado en los sistemas, y muy poco en los hombres!" (si, i aixina nos ha anat, confiant en els sistemes : partits, organisacions, etc.. pero , i l' individu.. ¿no es important? no comença tot per la persona?)Benjamin Disraeli
"El que no valora la vida no se la merece" (a valorar-la per a mereixer-la)
Leonardo da Vinci
"La palabra es el arma de los humanos para aproximarse unos a otros" (si, parlem i acostem-nos uns ad atres pero sense fer de les paraules un arma de desunio i enfrontament)Ana Mª Matute
"Es más fácil luchar por unos principios que vivir de acuerdo con ellos" (si, perque lluitar pels principis pot ser algo temporal, pero viure en ells es per a tota la vida i etern)Alfred Aldier

"Las ideas, como las pulgas, saltan de un hombre a otro. Pero no pican a todo el mundo" (clar, no contagien a tots, tots no pensen com u)¡Stanislaw Lem
"Es menos malo agitarse en la duda que descansar en el error" (si, dubtar es llogic pero viure en l 'erro es greu)Alessandro Manzoni
"El ignorante, si calla, será tenido por erudito, y pasará por sabio si no abre los labios" (aixo passa molt, hi ha qui si obrix la boca la caga)Salomón
A una colectividad se le engaña siempre mejor que a un hombre" (normal, i aixo ho saben els que fan demogogia, es manipula i conduix a la masa pero a l' invidu es mes dificil)Pío Baroja
"Una mentira es como una bola de nieve; cuanto más rueda, más grande se vuelve" (si, el mon està ple de boles de neu)Martin Lutero
"El que no tiene opinión propia siempre contradice la que tienen los demás" (si, passa molt, quan u per norma a soles sap criticar es perque no te opinio propia)Lingrée"Un buen gobierno es como una buena digestión; mientras funiona, casi no la percibimos" (puix si el percibim es perque no funciona i no nos fa be la digestio,¿ veritat srs camps i zaplana?)Erskine Caldwell
"Se puede tener por compañera la fantasía, pero se debe tener como guía a la razón" (si, hi ha actuar com a homens de pensament i pensar com a homens d'accio)Samuel Johnson
"Nadie ofrece tanto como el que no va a cumplir" (si , perque et defraudarà menys)Francisco de Quevedo
"Una verdad sin interés puede ser eclipsada por una falsedad emocionante" (si, les mentires catalanistes tenen mes importancia publica que una veritat nostra)Aldous Huxley
"Mientras el tímido reflexiona, el valiente va, triunfa y vuelve" (puix vinga, a ser valents)Proverbio griego
"El verdadero modo de vengarse de un enemigo es no parecérsele" (per aixo no vullc semblar-me a maragall-carod-camps-zaplana)Marco Aurelio
"Un héroe es todo aquel que hace lo que puede" (puix hi ha molts heroes.. perque hi ha gent dedicada al valencianisme i fa lo que pot)Romain Rolland
Más vale la pena en el rostro que la mancha en el corazón" (si, una tara, una taca negativa en els sentiments o un sentiment roïn es pijor que la pena en la cara (Cervantes)
"Quien se venga después de la victoria es indigno de vencer" (si, demostra poca talla humana i nuls principis)
"Cuando no se puede lograr lo que se quiere, mejor cambiar de actitud" (puix si, molta gent continua en la mateixa estrategia, si no funciona, que es canvie l' estrategia i l' actitut
Abandonar puede tener justificación; abandonarse, no la tiene jamás" .podeu relaxar-vos pero abandonar mai
"La temeridad cambia de nombre cuando obitene éxito. Entonces se llama heroísmo" sigam temeraris......
"Cuanto más numerosas son las cosas que quedan para aprender, menos tiempo queda para hacerlas" si, per aixo cal donar-se presa
"Puede ser un héroe lo mismo el que triunfa que el que sucumbe, pero jamás el que abandona el combate"puix no abandoneu el combat, la lluita continua
"Triunfar tarde no es triunfar: es alcanzar al mismo tiempo la inmortalidad y la muerte" .. intentem-ho i si es logra passarem a l' historia
La violencia crea más problemas sociales que los que resuelve" es de veres...de violencia res
El tacto en la audacia es saber hasta dónde se puede ir demasiado lejos" .. per aixo cal ser diplomatics
"La felicidad no consiste en desear cosas sino en ser libre" .. sigam lliures de lladres, tirans i bochins i serem feliços
"La verdad siempre resplandece al final, cuando ya se ha ido todo el mundo" ........quan ya no queden catalanisme ni centralisme espanyoliste castellaniste----eixira la veritat com el sol.

lunes, 26 de julio de 2010

TRIBUNAL DE LAS AGUAS DE VALENTIA (VII)


VALENSIYA. VALENSIA. VALENCIA.
Síntesis de la historia natural del Santo y Síndico Tribunal Edetano Tyrius. Narrasio al Us Natural. Per el So. Andrés Castellano Martí. So. Mestre de Traca.


3-. Narración Traca sobre el Tribunal de las Aguas.Para poder hablar del Santo Tribunal de las Aguas, pues santos fueron en todos los tiempos sus Síndicos, -tribunal justo que da justicia; que no la hace, primero hemos de saber en que creen los que la aplican y quienes se la aplican, y el porqué, y las razones que se tienen para que tanto los en Sindicato juzgados como los juzgadores todos vean todo como necesario y justo. Y todo esto durante dos mil años cristianos, y, muchos más años anteriores.
Cuando se habla de la religión musulmana, quienes en ella creen siempre recurren como garantía de certeza y santidad, a su antigüedad, aseverando que de no ser cierta no hubiera durado tanto tiempo; catorce siglos. Caso idéntico ocurre con el cristianismo; veinte siglos. Sin embargo, cuando se habla del Tribunal de las Aguas y la cultura que lo alimentó nadie lo hace certificando su santidad y veracidad en siglos. Nadie se atreve a mencionar que tal antigüedad, anterior al cristianismo, verifica una realidad espiritual del agua y el fuego vivida por los valencianos durante ese tiempo y los anteriores. Vivencia espiritual que al carecer de escritos evangelios o coránicos, de dioses, fue vivida por quienes creyendo en su carácter le dieron vida, más nunca la exportaron ni vendieron; Sólo la vivieron. Es decir; durante veintiún siglos conocidos, más los anteriores, los valencianos vivieron y en parte aún está vivo, un rito en cuya esencia lo primero era el Home, auxiliado por el agua y el fuego. Agua que dio vida en todos los tiempos a los valencianos. Agua regida por la ley del Fuego.Pues la esencia y creencia de la cultura natural valenciana, la que vivía el Tribunal y los valencianos que en él creían, nunca en los tiempos cristianos fue evangélica, ni en los musulmanes coránica, ni en los romanos pantéica. Pues dicha esencia es antípoda de todas las dichas creencias. Que no las niega, pero si las supera.
A los investigadores actuales, a esos que defienden lo científicamente verificable, a ellos les está vetado el comprender nada que con el Tribunal se relacione, dado que la propia esencia, razón de ser del mismo, se opone a todo escrito y a toda razón, pues no es en la escritura donde se encuentra la legislación y vida del mencionado Tribunal, ni en el razonamiento lógico, sino en el alma espiritual de las personas, en su espíritu, en sus creencias. Cosas que en valenciano al Uso nunca fueron escritas, ni enseñadas a los ajenos. Ser Home. Ser Us y Home de esta Terra. Fuego y agua durante muchos más años de los que los historiadores explican, fueron vividos como cosas vivas por los valencianos, con alma, Anima, con espíritu, Foc, con una esencia igual a la del hombre que habitaba estas tierras, hombres llamados antiguamente edetanos, y después valentinianos, y finalmente valencianos. Hombres que transmitiendo sus creencias en sus descendientes supieron mantener los orígenes de sus antepasados. Homens.
Desgraciadamente y en cúmulo y suma de sometimientos y anulaciones, de la natural cultura valenciana anterior sólo nos queda una pequeña parte del todo. Y de esa parte y como representación de lo que fuera sólo nos queda a los valencianos un Tribunal, antes de Santos Síndicos. El Tribunal de las Aguas. Cuyos jueces hoy aplican justicia sin tener a quién. Mantienen el rito sin saberlo. Mantienen la verdad sin verla. Están en los honores, pero nada deciden. Omiten la defensa de la huerta y el agua, cuando ésta es su vida y a ella se deben. Se menciona su nombre, a ellos, cuando son otros en realidad quienes deciden y gobiernan todo. Nada dirigen y de nada son responsables. Son el halo de lo que fueran y su entidad pervive porque otros Santos Síndicos anteriores a ellos se lo propusieron, cosas de las que ellos no se enteran. De la misma forma que no se enteran de que su gracia ha sido anulada por los Cansalà no valencianos, y también por muchos Cansalà-valencianos, que estas cosas no viven. Están asistidos en leyes por letrados de la innecesaria legislación escrita, cuando ellos Com a Homens son la verdad de la ley y la narración, la ley natural de esta tierra.
Hoy el tribunal de las Aguas está sólo y nada hay a su alrededor que le de su aliento. Cuando en tierras valencianas no quede un palmo de tierra huertana que de sus acequias se riegue, todo habrá terminado. Y esto es ya. El tribunal y su cultura tienen vida mientras los huertanos vivan, mientras viva la huerta valenciana, el agua y el fuego. Cuando estos se apaguen seremos lo que seamos pero no valencianos.
Y todo esto que hoy tenemos, en vida muerta y sin gracia, nuestra muerte y falta de gracia ¿Como fue anteriormente?
Para responder a la pregunta hemos de retroceder tres mil años atrás, a la época en que en estas tierras vivían los edetanos y llenaban montes y valles con su presencia.

EL JUSTICIA DE VALENCIA (III)


CATALOGO DE LA SERIE DEL REAL JUSTICIA

Autores: Manuela Fernández-Arroyo y Cabeza de Baca y Jesús Villalmanzo Cameno, 1976.
Pag. 10. El Justicia Civil de Valencia.
Fuente: Archivo del Reino de Valencia.

De maravillosa es calificada la organización de la Justicia en el antiguo Reino de Valencia. Como muy bien hace notar Rull Villar, Jaime I de Valencia, el Conquistador, le dedicó una atención `preferente una vez solucionadas las urgentes cuestiones del “Repartiment”, base económica de la sustentación del nuevo régimen. A ello se refiere precisamente la primera disposición legal conocida, el Privilegio del día 21 de mayo de 1239.

En sus comienzos, el ciudadano que ejercía la jurisdicción ordinaria de la Ciudad de Valencia recibía el nombre de “Curia” en su forma latina o de “Cort” en romance. Vale la pena leer el Privilegio XXVIII de Jaime I, de fecha 23 de mayo de 1249, que luego pasó en esencia a los Fueros de Valencia: “Un solo vecino y habitante de la Ciudad de Valencia, sea “curia” de la Ciudad de Valencia y de todo su término y que él solo oiga y determine las causas civiles, con el consejo de los prohombres de la Ciudad, y todas las causas civiles y criminales sean examinadas por dicho juez o por su delegado, y no por ningún otro...”

El rey, de momento, se reserva la elección del curia pero le entrega la jurisdicción total una vez promovido el cargo. Dicho cargo solo duraba un año y no podía ser reelegida la misma persona hasta que transcurrieran al menos dos años. El juramento del oficio tenía lugar el día de Navidad, durante la misa mayor, en la catedral, delante de todo el pueblo, y dicho juramento era recibido por el Bayle General del Reino, en nombre del soberano reinante.

La elección había tenido ligar tres días antes. En la Sección de Manuals de Consells del Archivo Municipal de Valencia, se conservan las sesiones de todos esos “consells”, en los que año tras año, desde 1304 (pues los anteriores fueron reducidos a cenizas en un voraz incendio del año 1586) hasta 1706, último año en que se efectuó la elección según las costumbres forales valencianas, están registrados los incidentes de tan solemne acto, cuyos detalles pueden ser reconocidos directamente en dichas fuentes.

En la documentación de los “Manuals” la elección aparece ya en su forma popular, es decir, en la que participaban todos los estamentos y clases sociales de Valencia, a través de las Parroquias y mas tarde también de los Gremios. En efecto, por Privilegio de fecha 16 de abril de 1266, Jaime I cede su derecho de elección personal a favor del municipio, reservándose el monarca o su representante la aprobación definitiva de la misma.

Cabe preguntarse si el Justicia era funcionario municipal o real. Han habido respuestas para todos los gustos, lo mas sensato es decir que participa de ambos aspectos: Es oficial real en cuanto es el monarca quien lo nombra directamente en sus comienzos (y si luego cede ese poder a la Ciudad, el soberano se reserva su aprobación definitiva), y es oficial municipal en cuanto debe recaer en un vecino de la Ciudad y, sobre todo, porque debe ejercer la justicia según las costumbres de la Ciudad, porque se convierte en el mas destacado miembro del Consell y porque su jurisdicción no va mas allá de los límites geográficos de Valencia Ciudad.

Privilegio LXXII. Jaime I: “Queriendo concederos a vosotros, todos los prohombres, y a todos los habitantes de Valencia, a causa de los muchos y gratos servicios que me habéis prestado, una gracia especial... os damos y otorgamos que los jurados y hombres probos de dicha ciudad... puedan elegir cada año el DIA tercero antes de Navidad tres hombres probos... y de ellos elegiremos y nombraremos a uno de ellos para Justicia de la Curia de nuestra Ciudad de Valencia...”

A partir de 1251, por Privilegio dado por Jaime I el día 21 de febrero, se dejará el nombre original de Curia y en adelante será conocido como Justicia, el Justicia de la Ciudad de Valencia, y a su tribunal, en consideración al monarca en cuyo nombre ejercía de justicia, se le denominará “Corte” o “Corte del Justicia”.

Muy sabrosas conclusiones sacó de este hecho, a simple vista sin importancia, el erudito canónigo Roque Chabás y que recientemente lo ha recordado Lalinde Abadía, pues ello explica muchos de los problemas de los orígenes mismos del Reino de Valencia, según la idea de su fundador, el Rey Jaime I; Pero aquí nos limitaremos a recordarlo, por salirse de los límites de este trabajo dar mas detalles sobre el tema.
La competencia de este magistrado valenciano era la de ser juez ordinario en la administración de la justicia. Debía entender en todos los litigios civiles y criminales que ante él se presentaran. Tenía competencia no solo en los pleitos del pueblo llano, sino incluso sobre los caballeros, y en otro orden de cosas sobre los judíos y musulmanes siempre que tuvieran que ver con algún cristiano. La única excepción la constituyen los religiosos que estaban regulados por su propio fuero.
Las sentencias del Justicia de Valencia podían ser apeladas y en ese caso el pleito se llevaba ante el Tribunal Real. En efecto, paralelamente a este Tribunal Municipal existía en Valencia un Tribunal Real al cual los soberanos también le prestarán su atención, y que era conocido como Audiencia Real.

Según la legislación, el Justicia de Valencia no es un letrado. Los Fueros solo exigen que sea un vecino honrado, natural de Valencia, mayor de veinticinco años y casado o viudo. Pero ya en la época mas antigua de su existencia no se le deja actuar basándose solamente en su buen juicio o criterio sino que se le exige el juramento de observar las normas locales y juzgar según los Fueros de Valencia, prescindiendo del derecho romano, y para ello se le asigna un asesor, el cual si debe ser un experto en leyes y nombrado directamente por el mismo Justicia, en el mismo día en que él es elegido. El asesor también debe ser vecino de Valencia y, al igual que el Justicia, no estar revestido de carácter clerical.

En la primera época después de la Reconquista, el Justicia, magistrado municipal, encargado como juez ordinario de la administración de justicia, fue el primero en honor y preferencia, el mas representativo de la Ciudad, con la que se compenetró y cuya vida informó durante tantos años; el pueblo le admiraba respetuosamente como lo demuestra su tratamiento de “magnifico”. En una palabra, era el cargo de mas elevado rango.

Como la Ciudad de Valencia creció mucho en pocos años, los Jurados y Prohombres valencianos hacen saber a Jaime II de Valencia, el Justo, que los pleitos y discusiones en los que debía intervenir el Justicia habían aumentado y que no tenía tiempo para oír y fallar tal aumento de asuntos, por lo que le suplican que puedan elegir también cada año otra persona idónea como “subjusticia”, para que entendiera en los pleitos de poca importancia y todo se despachase de modo rápido, aligerando sí el trabajo del Justicia.

El Rey accede a dicha petición y otorga así un Privilegio en la Ciudad de Valencia el 5 de febrero de 1307. El nuevo funcionario era conocido vulgarmente como “Justicia de los 30 sueldos” porque entendía los pleitos cuyo costo eran inferiores a dicha cantidad. Al cabo de los años esa cantidad resultaba ya muy exigua y se solicita que el subjusticia entienda los pleitos de hasta 50 sueldos, lo que concede el mismo Jaime II el día 1 de mayo de 1321.

Mas tarde se retocará aun la cantidad límite de los pleitos en que deberá entender dicho funcionario, llegando al tope de los 300 sueldos bajo el reinado de Pedro II de Valencia, el Ceremonioso, y por ello en adelante será conocido popularmente como el “Justicia de los 300 sueldos”.

Otro cambio, este importantísimo en la historia de Justiciazgo valenciano, se efectúa en 1321 al dividir el cargo del Justicia en dos jurisdicciones: la civil y la criminal. También se hizo a petición de los Jurados valencianos, y lo razonaban así: “para ejercer la justicia mas plena y útilmente, el dividirse al trabajo”. Pero, según Manzano, el verdadero motivo hay que buscarlo en el desagrado que sentían las clases privilegiadas por el hecho de que un simple ciudadano ejerciese sobre ellos la jurisdicción civil y la criminal, y no cesan hasta lograr de Alfonso I de Valencia, el Benigne, en 1329 la conformación de dicho doble nombramiento estableciendo que no pueden ser desempeñados al mismo tiempo por dos caballeros o por dos ciudadanos, sino que si el Justicia civil es caballero, el Justicia criminal debe ser ciudadano.

Así seguirán ya los tres Justicias –el civil, el criminal y el de los 300 sueldos- hasta su extinción en 1707 con el Decreto de Nueva Planta, aunque no sin sufrir durante algún periodo al menos de su larga historia, algunas modificaciones muy contrarias al principio de los propios Fueros, como la de 1633, al lograr los Jurados el Privilegio de la insaculación de manos de Felipe IV perdiendo su carácter “democrático”, pero viéndose los graves inconvenientes que esto acarreaba pronto hubo de volver al sistema antiguo, aunque ya algo modificado.

SENYAL REAL (III)


Autor: J. B./ VALENCIA

Otra referencia la encontramos en el pergamino, aparece nítida la imagen de la Real Señera con las barras coronadas sobre el terri¬torio del Reino de Valencia y contiene, además del nombre del autor, la fecha de ejecución: año 1413. Es decir, nos ilustra sobre la Bandera Real que presi¬dió la decisiva batalla de Morvedre en 1412 -no muy lejos de Segorbe- y con la que el adelantado mayor de Castilla trató de proclamar rey de Valencia a Fernando de Antequera; detalle que no se ha tenido en cuenta hasta la fecha.
"Fue vencido el ejército de Valencia por Bernat de Centelles y caballería de Castilla, de Valencia y gente de Morvedre. Murióel virrey de Valencia y fue herido gravemente el justicia criminal, apoderándose de la Bandera de Valencia que fue llevada al de Antequera. Vencieron los Centelles que seguían a Femando de Antequera, pero no hubo humillación para la Señera, ya que los vencedores también eran valen¬cianos y reconocían la realeza del símbolo. Antes del choque, el virrey había solicitado al Consell un ejér¬cito y el estandarte real con el Centenar de la Ploma, -según la norma empleada en el siglo XV; pues siem¬pre que ejecutaba alguna misión propia de su cargo y que requería manifestarse con autoridad, se hacía acompañar por la Bandera Real de Valencia
"Insta el virrey Bollera que salga la Bandera y hueste de Valencia contra Nules (...) y como Bellera era catalán deseaba que el Conde de Urgel sucedie¬se en la casa real" (Diago, F.: "Apuntamientos", p. 234).
Jerónimo Zurita, cronista aragonés, defendía la legalidad del ejército que llevaba la Señera de Valen¬cia por dos motivos: por seguir al virrey, máxima autoridad (el monarca había fallecido), y por defen¬der al parlamento valenciano, que en aquellos días estaba en Vinaroz: "El parlamento de Vinalaroz (sic); que siendo legítimamente congregado, representaba todo aquel Reyno de Valencia".
El ejercito iba presidido por la Bandera de Valen¬cia, sustantivo que valía tanto para la ciudad como para el Reino; "movió el Gobernador con la Bande¬ra de Valencia, y con todas sus compañías de caba¬llo y de pie; el sábado a la tarde, sus batallas ordenadas". Entre los caballeros que reconocieron la realeza de la Señera habían castellanos y catala¬nes, como Guillen de Vich "que andaba con el Adelantado de Castilla "No la consideraron trofeo de batalla, sino Bandera Real apta para la procla¬mación del rey de Valencia:
"Tomó Ruy Diaz la Bandera de Valencia, la cual envió el Adelantado de Castilla al Infante. Le envió a suplicar que cuando Dios quisiese, que tomase título de Rey, lo que fiaba en Dios que sería, que le plu¬guiese de tomarle con aquella Bandera Real" (Zuri¬ta, Jerónimo de: "Anales de la Corona de Aragón". Zaragoza. 1579, p. 54).
También la podemos encontrar en Bolonia. En la biblioteca de la más anti¬gua universidad europea, la de Bolonia, se conserva la carta náutica del italiano Grazioso Benincasa, fechada en 1482. La obligada esquematización propia de estos pergaminos no impide apreciar una serie de banderas sobre la península ibérica, desta¬cando la Real Señera en el espa¬cio definido entre el río Ebro y el reino moro de Granada, todavía independiente en aquel año. Una gran franja junto al asta y tres escuetas barras rojas y amarillas identifican el territorio regnícola.
Los cartógrafos no pretendían hacer un tratado de banderas, de ahí que en ocasiones apareciera la Real Señera con la corona so¬bre las barras (carta de Viladestes del año 1413) o, simplemente, la franja azulada del fondo; pero es notorio el empeño en dejar cons¬tancia gráfica de un espacio rec¬tangular junto al asta, reduciendo la longitud de las barras. Por cier¬to, la corona fue incorporada in¬cluso en las marcas de agua de los papeles fabricados en el Rei¬no en el siglo XV: "Deux país, marque representant les armoiries de Valence (...) surmontés d'une couronne de 1463-1426" (Mosin, Vladimir: Filigranes, 7.a.greb, 1957). Detalle que no exhi¬bían los elaborados en Cataluña.
Documentada la presencia de barras coronadas sobre franja azul en nuestro Siglo de Oro (Bib. Nacional de París: Ms. Ge. B. 8268),
En la toma de Tortosa en la guerra de los Segadores vemos un ejemplo de cómo el ejercito del Reino luchaba todos a una, todos tras la Real Señera. “¡Cómo se hallaba afligido este florido Reyno (de Valencia), tan dentro de sus caminos el enemigo, tan dueños de sus llaves, señor de la campaña sus campos talados, los vecinos fugitivos, los morado¬res inquietos y asustados, mal seguras las villas y vendidas las aldeas ¡Qué molesta¬do se hallaba!” (Villalva, B.: Restauración de Tortosa. Valencia, 1651).
De estos años se conservan peticiones de ayuda de las viudas de valencianos muertos en la frontera catalana; así “Joanna Mas, viuda de Gregorio Rodríguez, que murió a manos de los micaletes en Tortosa” (A. Cor. Aragón. Leg. 889); o, tam¬bién. la de “Francisca, viuda de un Maes¬tre de Campo, (que) pide se le pague de lo que procediere de haciendas de catalanes en el Reyno de Valencia” (A. C. A., Leg. 894).

ARNAU DE VILANOVA




Mege, reformiste, escritor, visionari.
És desconeix el seu lloc de naiximent, encara que tradicionalment s'ha acceptat Valéncia, ciutat a la que l'uniren sempre moltes llaços.
En 1260 estudià en Montpelier, a on és graduà com a mestre en medicina.
Renuncià a la seua carrera eclesiàstica, puix hi havia aprés órdens menors, i en la seua joventut és casà en Agnes Blasi de Montpelier, en la que tingué una filla, Maria, la qual vixqué en Valéncia i fon monja dominica, en un convent dominic de Valéncia.
Al residir Vilanova en Valéncia, poblada en eixos moments per una numerosa població musulmana, arribà a dominar la llengua aràbiga, lo que l'ajudà a llegir llibres de medicina escrits en esta llengua.
Entre els anys 1281 i 1285, en el convent dominic de Barcelona i baix la tutela de Ramon Martí, estudià hebreu, La Sagrada Escritura, cultura rabínica i talmúdica.
També en l'any 1281, lo rei aragonés Pere el Gran li nomenà mege real, càrrec que posteriorment també mantingué en Alfons el Lliberal i en Jaume II.
Entre els anys 1286 i 1289, vixquí en Valéncia. Després s'establí durant deu anys en Montpelier en l'ànim d'ensenyar medicina. Fon llavors quan compongué els opúsculs llatins inspirats en Joaquim de Fiore, orientats d'un costat cap a la pròxima vinguda de l'anticrist, i per un atre costat cap a la reforma de l'iglésia, segons els ideals dels fraticelos i beguinos.
En 1299, lo rei Jaume II li envià a París, prop del rei Felip IV de França, en una missió diplomàtica; la defensa dels drets de possessió de la Corona d'Aragó sobre el Vall d'Arán, lo qual aprofità per a divulgar les seues idees sobre l'anticrist entre els teòlecs de la Sorbona a través del seu, 'Tractatus de tempore adventus Antichristi', provocant l'indignació de dits teòlecs. Fon empresonat pero conseguí ràpidament la seua llibertat. Sis mesos després tingué que retractar-se de lo dit abans del bisbe de París i la facultat de teologia.
Entre els anys 1297 i 1301 els pensaments de Vilanova eren totalment catastrològics.
En 1302 es cridat de nou com a mege, per Jaume II.
En 1304 mor el Papa Benet XI i Vilanova és empresonat. Darrere de ser posat en llibertat, es refugia en la cort de Frederic III de Sicília.
En 1305 torna a la cort de Jaume II, i llig davant del mateix el seu, 'Confessió de Barcelona', síntesis del seu profetisme escatològic.
En 1309, en Avinyó, abans el seu amic el Papa Clement V, defengué els "espirituals".
Jaume II, al qual li dedica l'obra, 'Raonament d'Avinyó' (1310), constata que eixe text no coincidix en l'original, li retira la seua confiança i Vilanova se va a Sicília i després a Gènova, a on morí.
Vilanova propugnà que la medicina no consistia en l'aplicació automàtica de remeis, sino que partint del coneiximent dels elements constitutius tant de la salut com de la malaltia, en la conseqüència de que la medicina devia consistir en restablir l'equilibri de tals elements.
Fon un mege excelent, raó per la qual és toleraren les seues visions delirants.
Obra;70 Obres de caràcter mèdic escrites en llatí.Un bon número d'escrits religiosos en llatí i valencià.L'inquisició feu desaparéixer gran número de les seues obres en l'any 1316.Tractatus de tempore adventus AntichristiDe Sigilis. De l'època en que indignà a la Sorbona. (1299)De mysterio Cymbalorum Eclesiae. Dedicat al Papa. (1301)Philosophia catholica et divina. (1302)Regiment de Sanitat. Dedicat a Jaume II. (1302)Allocutio Christiani. Dedicat a Frederic III de Sicilia. (1304)Confessió de Barcelona. (1305)Informatio Beguinorum Sive Lectio Narbonae. (1305-1311) (Valencià)Epistola Ad Gerentes Zonam Pelicaem. (1305-1311)Alia Informatio Beguinorum (1305-1311) (Valencià)Expositio Super Apocalypsi. (1306)Informació Espiritual. Dirigit al rei Frederic. (1310)Raonament d'Avinyó. Dirigit a Jaume II, per a disculpar-se abans d'ell. (1310) (Valencià)Lliçó de Narbona. (Valencià)

JAUME II DE VALENCIA y II D’ARAGO EL JUST. (IV)


NAIXIMENT/MORT: Valencia 1265-1327 Barcelona

PARE: PERE I DE VALENCIA I IV D’ARAGO EL GRAN.
MARE: CONSTANÇA DE SICILIA, filla del rei Manfret.

MATRIMONIS: ELISABET, filla de Sancho de Castella, neta d’Alfons el Savi.
BLANCA, filla del rei de Napols.
MARIA, heretera del tro de Chipre.
ELISENDA DE MONCADA.

FILLS: JAUME, primogenit.
ALFONS, segon fill, que regnaria com El Benigne.
PERE, senyor de les viles de Gandia i Denia.

NACIONALISMO CATALAN. UNA GRAN FARSA (V)


Autor: Michel Braveheart

Depósito Legal: PM-1405-2002

1. - Itinerario del rey Alfonso I de Cataluña y II de Aragón. J. Miret y Sans. Barcelona,1904.
2. - Gran Enciclopedia de Mallorca, pág. 13 y 17. Palma, 1990.
3. - Otra Historia de Cataluña. Marcelo Capdeferro.

Pero, sin embargo, Cataluña, ni antes ni después ha sido condado, ni marquesado, ni ducado, ni principado, ni mucho menos reino. Ya que ninguno de esos títulos existe ni ha existido, ni nadie a ostentado su titularidad jamás. Y no tuvo virreyes o lugartenientes, hasta el s. XVI en que a petición reiterada de las autoridades provinciales catalanas, Carlos I de España y V de Alemania, nombró a D. Pedro de Folch de Cardona (Arzobispo de Tarragona), primer Virrey de Cataluña. Siendo pues, a partir de esta fecha y sólo a partir de esta fecha, cuando se considera a la provincia aragonesa de Cataluña, carácter de estado desgajándola políticamente del reino de Aragón, bajo el título honorífico de Principado.

Así leemos en un documento de Abril de 1.539, de Carlos I:

“...Cataluña no puede estar sin Lugarteniente General, porque la mayor parte de la provincia es áspera y montañosa y en fronteras con Francia, Aragón y Valencia...”, “... antes que el Arzobispo (D. Pedro de Folch) muriese, ya la tierra andaba llena de bandoleros, a causa del bandolerismo de Pujadas y Senmenat, y por las diferencias de Castellbó y por las gestiones de Cadell, Riembau y Francés de Pinós y otras enemistades públicas que había, y hase aumentado la cosa de tal manera que, después de la muerte de dicho Arzobispo, la tierra ha andado llena de delados y malos hombres, que nunca hubo tantos...” (1) .

Tan sólo Girona fue creado Principado y nombrado Príncipe de Girona (1.416) el primogénito de D. Fernando I de Aragón (de la casa de los Trastámara), es decir, D. Alfonso V.

Principado y título creados a imagen y semejanza de los que creó en Castilla D. Juan I en 1.388, siendo los de: Principado de Asturias y Príncipe de Asturias. Que a su vez, D. Juan lo había imitado de D. Eduardo I de Inglaterra, el cual en el 1.301 creó el Principado de Gales y el título de Príncipe de Gales, para los herederos de la Corona.

Es decir, que, Principado, son unas tierras bajo dominio de un Príncipe. Y dentro de los límites de un principado suele haber un número indeterminado de señoríos, condados, marquesados, etc. dependiendo naturalmente, de la extensión del principado. En la Edad Media, a modo honorífico, se denominaba asimismo principado, a las tierras que un señor feudal (Conde o Marqués) dominaba por vasallamiento de otros señores feudales, o por poseerlas en propiedad. Y al dicho señor feudal, se le solía llamar príncipe a modo de cortesía. Por ello, al no ser un príncipe de sangre, no podía recibírsele como tal y por supuesto, no se le rendían los honores correspondientes a tal categoría de nobleza.

El caso que nos ocupa, el de Cataluña, es ciertamente una paradoja, pues como hemos visto, en documentos oficiales de los siglos XVI y posteriores se habla del Principado de Cataluña, y sin embargo, no se halla ningún documento en el que se plasme la creación de dicho principado, ni se halla tampoco ningún documento en el que se haya creado el título de Principe de Cataluña, ni se halla ninguno en que haya habido alguien que ostentase oficialmente dicho título.

Pero sin embargo, los nacional - catalanistas, explotan dicha anómala circunstancia para dar sentido de estado a Cataluña.

Un dato que corrobora también la no independencia del condado de Barcelona, lo aporta D. Antonio de Bofarull (2) que nos hace saber: “...en 1.162 de la Encarnación, en las inmediatas calendas de Agosto, el Conde de Barcelona y el de Provenza debían pasar a la corte de Federico, Emperador del Sacro Imperio Germánico, a jurar lo que estaba capitulado, y a prestarle el debido pleito y homenaje.”

Otro más es el Tratado de Corbeil que ya hemos mencionado. Donde queda plasmado que todos los monarcas franceses hasta San Luís, tenían por suyos los condados de la Marca Hispánica.

Una salvedad más al respecto es que en esa época, todos los condados y marquesados, eran quasi independientes, pues en ellos no sólo regían leyes particulares y moneda propia, sinó que muchos son los casos de enfrentamiento entre condes y realeza, por diferencias de opiniones o de delimitaciones, llegándose incluso al enfrentamiento armado (caso de D. Jaime I de Aragón con los condes de Urgel, Pallars Sobria, etc.) . Por lo que, aludir a que los condados de la Marca eran independientes, pretendiendo dar carácter de país (nación) al condado de Barcelona, no es de recibo. Tan sólo se puede aceptar hablar de independencia, si se hace con la relatividad que permiten la sociedad y las reglas establecidas en la Edad Media. Con lo que también habría que considerar independientes al resto de condados y marquesados de la península Ibérica, no sólo a los de la Marca.

1. - Historia de Catalunya. Ferrán Soldevila. Ed. Alpha. 1962.
2. - Historia Crítica de Cataluña. Antonio de Bofarull. 1876. Tomo III, p. 58.

LA UNIVERSIDAD, CONTRA LA LENGUA VALENCIANA


Autor: Vicente Giner Boira (q.e.p.d.)
Las Provincias 21 de julio de 1985

No quiero que nadie diga que sabiendo lo que acabo de saber, no lo expongo a la consideración de todos los valencianos.

El Proyecto de Estatutos de la Universidad de Valencia al referirse y determinar que la lengua ha de ser la universitaria, lo resuelve de la manera que el artículo que transcribo dice; pero está ello tan amañado y con tanta malicia expuesto que debemos aclararlo ante el lector. Dice así:

“Artículo 7.- 1. Son lenguas oficiales de la Universitat de Valencia las que lo son en el país valencià. La lengua propia de la Universitat de Valencia es la propia del País Valenciá. Se admite como denominaciones suyas tanto la académica: lengua catalana, como la recogida en el texto del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana: valenciano”.

“2. Es objetivo fundamental de la Universitat de Valencia el conseguir el uso normalizado de la lengua catalana, esto es de todas las funciones sociolingüísticas de una lengua de cultura moderna”.

Adviértase de qué forma más ladina está redactado el punto primero.
Empieza diciendo, en plural: “son lenguas oficiales en la Universitat de Valencia las que lo son en el País Valenciá”. Pero no les da nombre a esas lenguas. No transcribe lo que el Estatuto de Autonomía dice en su artículo 7, punto 1, donde queda claro que “los idiomas oficiales ce la Comunidad Valenciana son el valenciano y el castellano”.

Y no lo dice por estas razones:

Primero porque los que han redactado los Estatutos de la Universidad no admiten el Estatuto de Autonomía porque es de la Comunidad Valenciana. Y ellos no admiten la Comunidad Valenciana porque para ellos no existe más que el “país valencià”, como así dice ese primer párrafo del art. 7 de los E.U. País Valenciá, uno de los Paísos Catalans. Y no Comunidad Valenciana, que al estar integrada en la Constitución, tiene ya imposibilidad de federarse con Cataluña, según dispone el artículo 145, punto 1 del texto constitucional.

Y sigue diciendo el art. 7 de los Estatutos Universitarios arriba transcrito:

“La lengua propia de la Universitat de Valencia es la propia del país valenciá.

Ya no es en plural, sino en singular la única lengua que admite la Universidad de Valencia, que es sólo la propia del País Valencià. Para la Universidad ya no existe el castellano, porque el programa que el vice-rector señor Guía ha anunciado el Televisión Española, ante el ministro de Sanidad señor Lluch, es bien claro. Dijo así: “La meua misió es descatellanitzar l’Universitat”. Y, creyendo que ya lo ha logrado, lo dejó reflejado al redactar el Estatuto insistiendo en que no hay más que una lengua. La castellana nunca jamás; sólo la propia del País Valenciá”.

Y, ¿cuál es la lengua? A renglón seguido nos lo dice:

“Se admite como denominaciones suyas (se refiere a la lengua propia del País Valencià), tanto la académica: lengua catalana, como la recogida en el texto del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana: valenciano”.

Ya está todo claro, la lengua oficial única que va a ser propia de la Universidad de Valencia es la lengua catalana: la castellana es impropia. Todo, con la finalidad de ir mentalizando a los estudiantes universitarios para que se consideren no valencianos sino catalanes, por aquello de: “Una llengua, un poble”, y ese “poble” es “els Paisos Catalans”.

Por eso el artículo 11 de esos mismos estatutos de la Universidad se anuncia ya que se buscará la cooperación con el resto de “Universidades del área lingüística catalana”.

Naturalmente, como el castellano ya no lo tendrán los universitarios como idioma, no podrán tener más cooperación que con las otras universidades del imperio catalán. Es decir, las dos o tres de Barcelona, y las que se monten en Palma de Mallorca. Total 4.

Y de esta manera se les cierra a todos los valencianos que pasen por la Universidad la posibilidad de buscar cooperación con las más de cieno universidades de las repúblicas hispanoamericanas, donde no se habla, por ciento, el catalán, sino el castellano. Más por su puesto, todas las del resto de nuestra patria común, que es y se llama España, aunque les dé cien patadas en el estómago a quienes han redactado el Estatuto y programado la “des castellanización de la Universidad de Valencia”, e inventando el slogan de que “els valencians no son espanyols”.

Es insólito e increíble que el señor rector ignore que en el 60% del territorio de la Comunidad Valenciana la lengua propia es el castellano. Con lo cual, al proclamarse ahora que la lengua (en singular) propia de la Universidad es la propia del País Valenciá (que ellos dicen ser el catalán), dejan ya fuera, o mejor dicho, expulsan de la Universidad valenciana a todo el territorio de las provincias de Alicante, Castellón y Valencia cuya lengua única, y por tanto propia, es la castellana.

Y en segundo lugar, que el arrancar y expulsar la lengua castellana de la Universidad, se expulsan las novelas de Blasco Ibañez, los versos de Miguel Hernández, los ensayos de Juan Gil Albert, Gabriel Miró o Martín Domínguez, o todo lo que publicó durante la república o en el exilio Fernando Valera a los que se señala y quedan como autores prohibidos (como repugnantes fascistas que escribieron en castellano), hasta que alguien los traduzca al catalán.

Ese gran “principio de sabiduría de analfabetos” es el que se ha implantado en la Universidad de Valencia.

ACTUALISACIO DE LES NORMES D´EL PUIG: REFLEXIONS Y SUGERENCIES LEXIC-ORTOGRAFIQUES (II)

Autor: J. Romero
De mosatros depen si volem millorar, actualisar y diferenciar les Normes d´El Puig, o si pel contrari volem seguir arrastrant algunes incronguencies (que mes avall tratarém) que no reforçen precisament els nostres arguments valencianistes. Es mes, desgraciadament pera la llengua valenciana, la tendencia que han pres dites normes no va en el cami que prescriu la llingüistica contemporanea d´acentuar les diferencies d´un sistema llingüistic cuant sofrix l´amenaça d´absorcio per part d´un atre. Com tots sabem, fa uns mesos la Seccio de Llengua y Lliteratura de la Real Academia de Cultura Valenciana (RACV) va aprovar l´introduccio dels acents y, damunt, en unes regles molt similars a la normativa catalana. Ademes d´innecessaris, els acents trenquen en una de les particularitats de la normativa, aproximanla aixina un poquet mes encara a la normativa pancatalanista. De fet, si agarrem un text escrit en «normalitzat» y un atre en les actuals Normes d´El Puig, vorem que al primer colp de vista son texts practicament identics. Sense ducte, per al llector no guerrejat en estos temes o en texts curts, les diferencies son inexistents. ¿En quins arguments podem conscienciar a la gent de que el valenciá y el catala son llengües diferents si els escrivim practicament igual?, ¿no mos estem tirant mosatros mateixa terra als ulls? Llamentablement, si. Pero... ¿que podem fer? Al meu entendre, escomençar per despendremos de les contradiccions y complexos que llastren l´actual normativa. Ya ham vist que la llingüistica contemporanea mos recomana y llegitima pera forçar les diferencies respecte al catala. Pero... ¿com heu fem? Molt facil, acodint a la realitat de l´autentica llengua valenciana que es la llengua que parla el Poble Valenciá. Mosatros no tenim necessitat d´inventarmos paraules y grafies tal com feren els catalans a principis del sigle XX, sino que a soles tenim que eixir al carrer y escoltar com parla el poble, y vorem com, ademes, moltes d´ixes paraules estan registraes lliterariament desde fa molts anys y en una morfologia y ortografia distinta a la que actualment arrepleguen les actuals Normes d´El Puig.

Com diu F. de Borja Cremades, el criteri que deu regir les relacions entre la llengua oral y l´escrita es que (...) l´escrita deu acomodarse a la parlá, en aquelles formes y combinacio d´elements llingüistics de tota indole, creats y practicats pel poble (Cremades, p. 136). O com diu l´eminent filolec el Pare J. Mª. Guinot, lo primer en que deu contar pera l´elaboracio de la llengua lliteraria valenciana es en el llenguage viu del poble. (...) El poble es l´amo de la llengua: la llengua es seua, y la gramatica deu estar al seu servici. No ve la llengua de la gramatica, sino la gramatica, de la llengua. (...) no está l´ortografia per damunt del llenguage, sino al seu servici (Guinot, pp. 115-117). O com diu Chimo Lanuza, l´unica veritat es que la llengua escrita ha d´anar darrere de la llengua parlá y no al reves, perque la funcio de l´ortografia consistix en facilitar (y may dificultar) l´escritura y la llectura, representar graficament el sistema parlat. Es la llengua parlá la que ha de condicionar l´evolucio de l´escrita, no esta ad aquella (Lanuza, Socioobs., p. 70). Aixina pues, queda clar que la primera y principal premisa que condicione la normativisacio de la llengua valenciana te que ser la llengua parlá, que es, ademes, la que va a marcar la diferencia de forma natural respecte al catala.

Si realment estem per conservar la llengua valenciana y evitar la completa absorcio per part del catala, en ixe cas deguem actualisar la normativa. Una actualisacio que es faça pensant en els usuaris, y no en la «intelectualitat» catalanista. Les critiques d´estos ultims les anem a tindre igual, mentres que si mos acostem als valenciá-parlants, en una codificacio molt senzilla, molt proxima entre la llengua viva y la norma, conseguirém una identificacio entre l´usuari y la normativa. Aço es importantissim. Molts valenciá-parlants li pendrien gust ad aixo de llegir y escriure tal com parlen, seria una identificacio natural, llogica, inclus sentimental. Ademes de reforçar la personalitat llingüistica valenciana, molts s´interessarien per esta normativa en la cual s´identificarien y en la que no deurien fer practicament ningun esforç en llegir ni en escriure, es mes, la sentirien com a propia per coincidir en la llengua que els han ensenyat els seus pares. Pero es que en el cas dels castella-parlants tambe heu tindrien molt mes facil al tratarse d´una normativa molt mes simple y atractiva, y per tant evitariem el comprensible rebuig que actualment genera l´aprenentage del valenciá.

Crec interessant reproduir aci una metafora molt ilustrativa procedent de Batiste Lanuza, cuant diu que la normativisacio d´una llengua no deu ser elitista: com en les normes d´un deport popular, si realment volem fer popular ixe deport, les regles han de ser facils, de facil aplicacio, adaptarles y anar canvianles en l´intencio sempre de popularisar y estendre el deport en cuestio. No debaes el futbol y el basquet son actualment els dos deports possiblement mes populars dels que coneixem: son de facil aplicacio y les seues normes —o regles— s´han adaptat pensant no a soles en els juaors, sino tambe en el possible public, pero may en els tecnics —arbits y etcetera— que han de intervindre en la seua correcta aplicacio (Lanuza, Socioobs., p. 72). Al respecte, Chimo Lanuza diu: les regles d´us no es creen pera provocar un distanciament entre la codificacio y l´objecte codificat (sería absurt), sino tot lo contrari, pera reduir al minim la distancia entre objecte virtual y el real y, aixina, practicar sense problemes un deport... o una llengua. Aço tambe implica la necessitat d´una adaptacio y d´uns canvis periodics en l´intencio de millorar el joc. (...) Si estes normes es feren unicament per als tecnics, el resultat sería un deport molt tecnificat y eminentment elitiste, pera un grup selecte, de manera que apareyxerien dos grups: els que dominen les regles y els que senten parlar d´elles, els que dominen el joc y els que no. Y una llengua, si de veres volem que siga d´us popular y majoritari, ha de ser tratá com el futbol o el basquet y no, per eixemple, com el criquet (Lanuza, Socioobs., p. 73.).

Aixina tenim tres necessitats vitals que estan inherentment relacionaes entre elles: en primer lloc, la necessitat de preservar la llengua coloquial valenciana, que, no, heu oblidem, es la llengua, l´autentica llengua (Lanuza, Socioobs., p. 69); en segon lloc, la necessitat de marcar les diferencies respecte al catala absorbent, no de forma artificial sino de forma natural atenent a la realitat de la llengua viva; y en tercer lloc, la necessitat d´un major us per part dels valencians de la normativa valenciana, que pasa irremediablement per acostar la normativa al valenciá popular, al valenciá modern, al valenciá viu, y en unes regles ortografiques mes senzilles que faciliten la seua llectura y escritura.