domingo, 23 de mayo de 2010

LA NACIÓN CATALANA NUNCA HA EXISTIDO (IV)

José Osés Lurumbre, Maestro Nacional y Juan Osés Hidalgo, Publicista - Zaragoza 1932.

No se nos oponga el argumento de que el Condado fue mostrándose soberano en sus actos sucesivos; a ello puede contestarse que los lazos poco sólidos que ataban a los Condes barceloneses con los monarcas francos fueron debilitándose cada vez más hasta que, de hecho, fue el Condado un dominio de soberanos condales extranjeros ejercido en comarcas españolas, ya que en todo momento los Condes continuaron siendo oriundos extranjeros y enlazándose, con familias extranjeras también, sin que a las alturas del trono llegarán jamás los naturales del país.

Que el espíritu godo español perduraba en lo que hoy llamamos Cata­luña, después de la invasión árabe y de todas las vicisitudes sufridas por las comarcas españolas, lo prueba el que la legislación goda española, conocida por Fuero Juzgo, regía en el Condado conjuntamente con la nueva legis­lación franca y siguió vigente por espacio de muchos años después de redactados los Usatges, pasada 1a primera mitad del siglo XI; y aun después de la formación del Reino de Aragón y Condado de Barcelona, en 1137,

El Condado de Barcelona no era en verdad una nación, a pesar de que fueran sumándosele por herencias y otras circunstancias diversos Condados de la región. Aunque no queremos complicar nuestro relato, debe advertirse­ que los francos denominaron al conjunto de Condados instituidos en el nordeste de España con el nombre de Marca Hispánica; y esta Marca Hispánica iba reuniéndose bajo el mando del Conde extranjero de Barcelona, pero sin que por ello fuese una nacionalidad. La situación real continuaba siendo ésta: los Condados de la Marca Hispánica eran comarcas españolas libertadas por los francos y por los francos dominadas, aunque los jefes de cada uno de ellos fuesen casi independientes de Francia, permítasenos el anacronismo de usar este nombre, en gracia a la mejor comprensión de las circunstancias que señalamos. En cuanto dejaran de gobernar tales comarcas Condes extranjeros, revirtiendo el mando y la gobernación de las mismas a los españoles que perdieran su dominio con la invasión árabe, los naturales de dichos condados se hallarían automáticamente devueltos a su verdadera condición de españoles, hecho que vino a suceder al integrarse el Condado de Barcelona a la Corona de Aragón, pura y netamente española, porque del seno del país procedían sus reyes, y porque el país los designaba como tales, al paso que en los Condados de la Marca eran los Condes hechura extranjera, por los extranjeros impuesta en un principio, y extranjeros hasta cesar en la detentación de los países españoles sometidos a su autoridad.

El régimen feudal que presidía la organización general de los Condes, antitético del liberalismo de los reinos que en España se habían formado, demostraba también la influencia y el dominio de los francos, de donde se seguía la consecuencia de que mientras en el resto de España se caminaba hacía la libertad, en las tierras españolas sujetas a la influencia y a la dominación francas, se registraba un estancamiento de las libertades y del progreso moral del pueblo. Todo, absolutamente todo, cuanto al Condado de Barcelona se refiere, de aquellos siglos, autoriza para sostener la tesis de que si habían logrado los Condes cierta independencia, no era el pueblo el independizado, sino que lo eran sus soberanos con respecto a la autoridad de los monarcas francos o franceses. O sea, y volvemos a insistir en este punto, que dichos Condados no pasaban de ser una parte de España que todavía no había logrado reincorporarse a la Patria que se recons­truía para volver a la unidad nacional del año 711­

Si e1 separatismo catalán intenta fundar su «hecho diferencial» en la independencia -harto dudosa- de los Condes de Barcelona, no logrará demostrar lo que se propone, es decir, no conseguirá establecer que existiera un pueblo independiente, sino que una parte de España estaba dominada y gobernada por Condes extranjeros que habían logrado la independencia de su poder y de su trono, pero no que la hubiesen dado al país, porque este país no salía de su condición de español y de dominado accidentalmente.
En todo caso, dispuestos a reivindicar algo, pudieron los separatistas investigar en sus árboles genealógicos para reclamar probada su condición de descendientes de los antiguos Condes, la posesión de un trono condal que, como extranjero, tarde o temprano habría sido derribado por la Reconquista española. Y todo quedaría reducido a las pretensiones de un anscentralismo familiar que tampoco tendría nada que ver con España ni con la actual Cataluña, sino con las ambiciones de algunas descendientes de extranjeros, es decir, un afán de imperialismo por parte de antiguos domi­nadores completamente extraños al país que dominaran éstos y que aquellos intentaran dominar en nombre de una tradición, ni siquiera de un derecho.

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